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 Normativa >> Reglamento 23 >> Fecha 13/12/2017 >> Articulo 9
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Normativa - Reglamento 23 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9°—Responsabilidad de los funcionarios. Los funcionarios responsables de llevar a cabo la gestión de cobro administrativo y judicial, son responsables disciplinariamente y civilmente por la inercia, negligencia e imprudencia en los trámites de cobro. Estos, deberán excusarse de atender asuntos de cobros cuando existan grados de parentesco por consanguinidad o afinidad y deben de comunicarlo por escrito a su superior jerárquico. En este sentido aplican las normas de responsabilidad de la Ley General de la Administración Pública y la normativa nacional aplicable a impedimentos, recusaciones y excusas.


 

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