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 Normativa >> Reglamento 23 >> Fecha 13/12/2017 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 23 - Articulo 1
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Artículo 1
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JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

Mediante acuerdo JD-1297 correspondiente al artículo I) de la sesión extraordinaria 23-2017 celebrada el 13 de diciembre del 2017, la Junta Directiva de la Junta de Protección Social acuerda:

REGLAMENTO PARA LA DECLARATORIA

DE CUENTAS INCOBRABLES.

La Junta Directiva de la Junta de Protección Social, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7º de la Ley de Creación de la Lotería Popular Tiempos 7342, artículo 2 de la Ley 8718 y los artículos 1° y 8°, inciso m) del Reglamento Orgánico de la Junta de Protección Social, Decreto Ejecutivo N° 28025-MTSS-MP publicado en el Alcance Nº 55 a La Gaceta N° 151 del 05 de agosto de 1999 y

Considerando:

I.—Que la institución realiza procesos de cobros administrativos y judiciales le corresponde establecer las regulaciones útiles y necesarias para efectos de determinar en qué casos procede la declaratoria de una cuenta incobrable.

II.—Que el control interno sobre las cuentas por cobrar es fundamental en aras de una buena y sana administración de los recursos públicos, se hace imprescindible, emitir el presente reglamento.

REGLAMENTO PARA LA DECLARATORIA

DE CUENTAS INCOBRABLES

Artículo 1°—Objeto: Establecer los supuestos y procedimientos tendentes a declarar incobrables las deudas provenientes de títulos valores u otras cuentas.

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