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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 16/02/2018 >> Articulo 2
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Definición y finalidad de la caución. La caución es una garantía que deben rendir las y los funcionarios encargados de recaudar, custodiar o administrar fondos y valores institucionales, en favor de la Defensoría de los Habitantes de la República, a fin de resarcir eventuales daños y perjuicios que puedan producir al patrimonio institucional en el ejercicio de sus funciones, sin que ello limite la eventual responsabilidad civil.


 

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