ARTÍCULO 33-Recarga en parqueos. El Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), en coordinación con el Ministerio de Obras Públicas
y Transportes (MOPT), emitirá los lineamientos correspondientes para que se
contemple la implementación de centros de recarga para vehículos eléctricos en
la construcción de nuevos parqueos públicos y centros comerciales.
Los estacionamientos de las instituciones públicas deberán contar con
puestos de recarga, según lo disponga el reglamento de esta ley.
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