ARTÍCULO 22-Deber de mantener y ofrecer tecnología de punta. Los importadores
de vehículos eléctricos ofrecerán los modelos más recientes y actualizados del
mercado, así como los accesorios y repuestos. El Ministerio de Ambiente y
Energía (Minae) reglamentará sobre el cumplimiento de esta disposición.
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