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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40724 >> Fecha 23/09/2017 >> Articulo 24
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40724 - Articulo 24
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Artículo 24
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CAPÍTULO V

DE LA ORGANIZACIÓN INTERNA

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD

Artículo 24.- De la Dirección General de Salud. La Dirección General de Salud es una unidad organizativa que depende orgánicamente del Ministro de Salud. Su objetivo consiste en orientar y conducir la gestión del Ministerio de Salud para garantizar el cumplimiento del marco estratégico institucional a nivel nacional acorde con el Modelo Conceptual y Estratégico de la Producción Social de la Salud, asegurando que todos los procesos institucionales se ejecuten de manera articulada, eficaz y con la calidad requerida y emitiendo lineamientos técnicos y estratégicos para garantizar la implementación de las políticas institucionales.

Le corresponde coordinar con la Dirección de la División Administrativa y Planificación, la presentación al Ministro del proyecto de presupuesto institucional para su aprobación.

De la Dirección General de Salud dependen los siguientes consejos y equipos asesores y unidades administrativas:

a) Consejo de Gestión Institucional.

b) Consejo de Gestión Regional de Rectoría de la Salud.

c) Equipo Técnico de Gestión del Riesgo

d) Dirección de Salud Ambiental.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 45051 del 12 de mayo del 2025)

e) Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario.

f) Dirección de Vigilancia de la Salud.

g) Dirección de Servicios de Salud.

h) Dirección de Investigación y Tecnologías en Salud.

i) (Derogado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 44350 del 5 de diciembre de 2023)

j) División Administrativa.

k) (Derogado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 44350 del 5 de diciembre de 2023)

l) Direcciones Regionales de Rectoría de la Salud.

(Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41999 del 20 de setiembre del 2019)

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