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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40724 >> Fecha 23/09/2017 >> Articulo 6
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40724 - Articulo 6
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Artículo 6
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Artículo 6.-De los niveles de gestión institucional. La estructura organizacional del Ministerio de Salud se divide en tres niveles de gestión, que tienen las siguientes características:

a) Nivel Central. Constituye el nivel político-estratégico y técnico-normativo de la institución. Determina, formula y garantiza el cumplimiento de las políticas, reglamentos, normas, lineamientos, directrices, planes, programas, proyectos, procedimientos y sistemas que aseguren la implementación del marco estratégico institucional. Brinda supervisión y acompañamiento al nivel regional, según corresponda. Ejecuta directamente las actividades operativas para cumplir con las Funciones Rectoras en ámbitos geográficos que requieren de un abordaje nacional o multiregional. El Nivel Central del Ministerio de Salud está constituido por las unidades organizativas asesoras o de staff  (dependen del Ministro (a) de Salud), la Dirección General de Salud y sus Direcciones de Nivel Central para colaborar en el ejercicio de la Rectoría.

b) Nivel Regional. Constituye el nivel político-táctico, es el enlace entre el nivel central y el nivel local. Apoya a las unidades organizativas del nivel central en la determinación, formulación y en la garantía del cumplimiento de las políticas, reglamentos, normas, lineamientos, directrices, planes, programas, proyectos, procedimientos y sistemas que aseguren la implementación del marco estratégico institucional; brinda supervisión y acompañamiento al nivel local. Ejecuta directamente las actividades operativas para cumplir con las Funciones Rectoras en ámbitos geográficos que requieren de un abordaje regional o multilocal.

El nivel regional del Ministerio de Salud está constituido por las Direcciones Regionales Rectoras de la Salud para colaborar en el ejercicio de la Rectoría.

c) Nivel Local. Constituye el nivel político-operativo de la institución para la ejecución de las Funciones Rectoras y de provisión de servicios de salud. Participa, conjuntamente con los niveles central y regional, en la determinación, formulación y ejecución de las políticas, reglamentos, normas, lineamientos, directrices, planes, programas, proyectos, procedimientos y sistemas que aseguren la implementación del marco estratégico institucional. El nivel local del Ministerio de Salud está constituido por las Direcciones de Áreas Rectoras de Salud para colaborar en el ejercicio de la Rectoría.

(Así reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41137 del 16 de marzo de 2018)

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