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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 40724 >> Fecha 23/09/2017 >> Articulo 47
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Normativa - Decreto Ejecutivo 40724 - Articulo 47
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Artículo 47
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Artículo 47.-De las Unidades de Planificación. Las Unidades de Planificación son unidades organizativas asesoras dependientes orgánicamente de los Directores Regionales de Salud. Su objetivo consiste en apoyar a los Directores Regionales de Salud en el alineamiento estratégico de la Región, ejecutando los procesos, subprocesos y actividades correspondientes a este nivel de gestión, de planificación institucional, sectorial e intersectorial, desarrollo organizacional, control interno, ética, evaluación de planes, programas y proyectos, gestión integral de la información y asesorando a las demás unidades organizativas de la Región y de las Áreas Rectoras de Salud en estos procesos.

(Así reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41137 del 16 de marzo de 2018)

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