Artículo 21.- De la Dirección de Planificación. La Dirección de Planificación es una unidad
organizativa asesora dependiente del Ministro o Ministra de Salud. Su objetivo
es apoyar al Jerarca en el alineamiento estratégico de la institución,
ejecutando los procesos de planificación estratégica y operativa a nivel
institucional, sectorial e intersectorial; además le corresponde conducir el
proceso de control interno y ética, el desarrollo organizacional, el sistema de
mejoramiento continuo, identificar y liderar la elaboración de proyectos de
inversión pública, acorde con los lineamientos de MIDEPLAN, así como, dirigir y
conducir la elaboración, seguimiento y evaluación de los planes, programas y
proyectos en salud, de carácter institucional, sectorial e intersectorial y el
proceso de medición de las Funciones Esenciales de Salud Pública (FESP). A la
Dirección de Planificación le corresponde apoyar al Ministro Rector en la
conducción de la Secretaría Técnica Sectorial.
Esta Dirección cuenta con las siguientes unidades
organizativas:
a) Unidad de Planificación Institucional. Su
objetivo es fortalecer la gestión institucional mediante el desarrollo de
políticas, planes, programas y proyectos en el ámbito institucional en los
niveles central, regional y local, así como el desarrollo de los procesos de
control interno, ética y valores, gestión de la calidad y desarrollo
organizacional. Las funciones de Planificación Institucional son las definidas
por la Ley Nº5525 del 2 de mayo de 1974 y su Reglamento Decreto Nº37735-PLAN
del 6 de mayo de 2013.
b) Unidad de Planificación Sectorial. Es la
encargada de coordinar el desarrollo de los procesos de planificación sectorial
e intersectorial en salud, mediante el desarrollo de metodologías
participativas que involucren a las instituciones públicas y privadas,
organizaciones de la sociedad civil y la población en general, a fin de
establecer las acciones prioritarias en salud de acuerdo con el Plan Nacional
de Desarrollo, la Política y el Plan Nacional de Salud, así como las
necesidades de la población.
c) Unidad de Evaluación. Es la encargada de
desarrollar metodologías participativas e instrumentos, y apoyar todos los
procesos de evaluación y seguimiento y evaluación para determinar el grado de
avance y de cumplimiento tanto físico como financiero de los planes, programas,
proyectos, estrategias y otros instrumentos de planificación en salud
institucionales, sectoriales e intersectoriales; así como apoyar en la
conducción del proceso de medición de las Funciones Esenciales en Salud
Pública.
(Así reformado por el artículo 2° del decreto ejecutivo
N° 41137 del 16 de marzo de 2018)