Artículo 13.-De la Dirección de Asuntos Jurídicos. La Dirección de Asuntos Jurídicos es una unidad
organizativa asesora dependiente orgánicamente del Ministro o Ministra de
Salud. Su objetivo consiste en brindar el soporte jurídico que el Despacho del
Ministro o Ministra y las demás unidades organizativas del Ministerio en
general le solicite, así como normalizar el desarrollo de la función de soporte
jurídico dentro del Ministerio de Salud y asesorar a quienes lo requieran.
Además, le corresponde revisar los instrumentos legales en los que interviene
el Ministerio de Salud, así como mantener un inventario de leyes, decretos,
acuerdos, convenios y otros instrumentos jurídicos relacionados con la Rectoría
en salud. De esta forma, contribuye a garantizar que las actuaciones de los
funcionarios de la Institución estén acordes con el principio de legalidad y el
ordenamiento jurídico vigente. Es entendido que, con el objeto de lograr
uniformidad de criterios, solamente la Dirección de Asuntos Jurídicos está
facultada para emitir y avalar criterios y opiniones jurídicas.
Esta Dirección cuenta con las siguientes unidades
organizativas:
a) Unidad de Asesoría Legal. Es la encargada
de brindar soporte jurídico a clientes internos y externos en la
atención y elaboración de diversos instrumentos, conforme con las
fuentes del ordenamiento jurídico.
b) Unidad de Gestión Jurídica. Es la encargada de atender, dentro de los plazos
legales, los requerimientos procesales incoados tanto por clientes internos
como externos y debe garantizar que las decisiones tomadas por las
autoridades del Ministerio de Salud, resulten conforme al ordenamiento
jurídico.
(Así reformado por el
artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41137 del 16 de marzo de 2018)
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