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 Normativa >> Reglamento municipal 56 >> Fecha 21/08/2017 >> Articulo 4
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Normativa - Reglamento municipal 56 - Articulo 4
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Artículo 4
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CAPÍTULO II

Funcionamiento de la Policía Municipal y su organización

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA

Artículo 4º—Atribuciones de la Policía Municipal. Ténganse como atribuciones de la Policía Municipal, sin perjuicio de las incluidas en el Manual de Puestos que apruebe la Corporación Municipal, las siguientes:

a) Atender y cumplir los fines de vigilancia y control de los servicios y bienes comunales.

b) Velar por el cumplimiento de las responsabilidades y obligaciones de quienes ejercen el comercio en diversas formas.

c) Coadyuvar en el cumplimento de la legislación y disposiciones municipales, ejecutando las resoluciones y los acuerdos que correspondan.

d) Realizar acciones de vigilancia y de seguridad en el cantón, en coordinación mutua con la Fuerza Pública.

e) Coadyuvar, bajo el principio de coordinación o a solicitud de estos, con las demás autoridades públicas del país.

f) Auxiliar, de ser posible, a la Fuerza Pública, cuando medie el requerimiento expreso de la autoridad competente. Este auxilio no deberá supeditarse al citado requerimiento cuando, por la naturaleza de la situación, se esté ante una emergencia o estado de necesidad.

g) Apoyar a los funcionarios municipales en el ejercicio de sus potestades.

(Así reformado en sesión N° 75 del 26 de noviembre del 201)

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