CAPÍTULO II
Funcionamiento de
la Policía Municipal y su organización
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DE HEREDIA
Artículo 4º—Atribuciones de la Policía Municipal.
Ténganse como atribuciones de la Policía Municipal, sin perjuicio de las
incluidas en el Manual de Puestos que apruebe la Corporación Municipal, las
siguientes:
a) Atender y cumplir los fines de vigilancia y
control de los servicios y bienes comunales.
b) Velar por el cumplimiento de las
responsabilidades y obligaciones de quienes ejercen el comercio en diversas
formas.
c) Coadyuvar en el cumplimento de la legislación y
disposiciones municipales, ejecutando las resoluciones y los acuerdos que
correspondan.
d) Realizar acciones de vigilancia y de seguridad
en el cantón, en coordinación mutua con la Fuerza Pública.
e) Coadyuvar, bajo el principio de coordinación o a
solicitud de estos, con las demás autoridades públicas del país.
f) Auxiliar, de ser posible, a la Fuerza Pública,
cuando medie el requerimiento expreso de la autoridad competente. Este auxilio
no deberá supeditarse al citado requerimiento cuando, por la naturaleza de la
situación, se esté ante una emergencia o estado de necesidad.
g) Apoyar a los funcionarios municipales en el
ejercicio de sus potestades.
(Así reformado en sesión N° 75 del 26 de noviembre
del 201)
|