Artículo 18.—Requisitos para ser inspector
municipal de tránsito. Para ser inspector o inspectora municipal de
tránsito en la Municipalidad de San Isidro de Heredia, se deberán cumplir
los siguientes requisitos:
a) Ser mayor de edad y ciudadano en el pleno
ejercicio de sus derechos.
b) Haber concluido el tercer ciclo de la Enseñanza
General Básica.
c) Poseer aptitud física para el desempeño adecuado
del cargo, a cuyo efecto la municipalidad será la encargada de comprobar dicha
aptitud
d) Aprobar el examen psicométrico igual al que se
aplica a los inspectores de tránsito de la Dirección General de la Policía de
Tránsito, el cual deberá ser realizado por un profesional especializado en
psicología debidamente incorporado y al día al respectivo colegio profesional.
e) No haber sido condenado por ningún delito.
f) No ser concesionario o permisionario de
cualquier modalidad de transporte público.
g) Prestar el juramento constitucional.
h) Aprobar el curso especial para inspectores
municipales, impartido por la Escuela de Capacitación de la Policía de
Tránsito.
i) Poseer como mínimo licencia B-1 y
preferiblemente A-3 al día.
j) Ostentar previamente un puesto en la Policía
Municipal de la Municipalidad de San Isidro de Heredia.
En caso de que las labores de policía municipal de
tránsito vayan a ser realizadas por funcionarios o funcionarias nombrados como
policía municipal, únicamente deberán cumplir de forma adicional con los
requisitos indicados en los incisos d), f) g) y h) anteriores.
(Así reformado en sesión N° 75 del 26 de noviembre
del 2018)