Artículo 6. Categoría de aprovechamiento de 10 árboles o más.
Para las solicitudes de 10 árboles o ms se requiere el Estudio Técnico
de Extracción de Árboles Caídos en Bosque, labores de seguimiento y
cumplimiento de la ejecución en campo hasta la finalización del
aprovechamiento. Estas labores estarán bajo la responsabilidad de un regente
forestal quien suscribirá con el dueño o representante legal de la propiedad,
el respectivo Contrato de Regencia inscrito ante el Colegio de Ingenieros Agrónomos.
El Estudio Técnico o Plan de aprovechamiento y extracción de madera de
árboles caídos o madera aserrada de árboles caídos en bosque deberá incluir:
1)
Referencia al folio real de la propiedad descrita en la solicitud y en
caso de poseedores legítimos, se deberá hacer referencia a la certificación
judicial de la existencia de sentencia firme en el trámite de información
posesoria correspondiente.
2)
Inventario Forestal de los árboles caídos debidamente georeferenciados (Nombre
común, Nombre científico, Diámetro, Largo, Volumen en metros cúbicos y
ubicación).
3)
Justificación técnica de la planificación de las labores de
aprovechamiento y extracción de los árboles caídos propuestos que garantice el
menor impacto posible e incluya las medidas de mitigación.
4)
Cronograma de actividades
5)
Mapa base con el área del bosque y árboles a aprovechar georeferenciados.
caminos (Si existen), hidrología
y patios fuera del bosque, en formato digital (datum oficial para Costa
Rica (CR05), asociado al elipsoide del Sistema Geodésico Mundial (WGS84), y
será la Proyección Transversal de Mercator para Costa Rica (CRTM05). al SINAC.
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