Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39707 >> Fecha 07/04/2016 >> Articulo 3
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 3     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 39707 - Articulo 3
Ir al final de los resultados
Artículo 3    Tipo: Transitorio
Versión del artículo: 1  de 1

TRANSITORIO III: Los permisionarios acreditados al amparo de la norma transitoria de la Ley 8955 tendrán una vida útil máxima de quince años, contados a partir de su año de comercialización.

Ir al inicio de los resultados