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 Normativa >> Directriz 073 >> Fecha 27/04/2017 >> Articulo 4
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Normativa - Directriz 073 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4°.- Las instituciones descentralizadas contemplarán que el derecho de acceso a la información comprende el derecho de solicitar la información de acceso público sin que se deba exigir al administrado motivar tal solicitud, a recibir la contestación en el plazo establecido por la ley y a obtener la información requerida, en forma íntegra y veraz, salvo que lo requerido esté protegido por la normativa.


 

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