Artículo 4. Principios.
La
aplicación de esta directriz se regirá por los siguientes principios:
1. Abiertos por Defecto: Todos los datos
públicos serán dispuestos en formatos abiertos estructurados, con la capacidad de
ser procesados e interpretados por equipos electrónicos de manera automática.
Deberán realizarse las acciones necesarias para que esta condición se de desde
el momento en que los datos son generados o recolectados.
2. Oportunos y Exhaustivos: Los datos públicos
abiertos se pondrán a disposición en forma oportuna, completa, precisa y
exhaustiva. Además, se mantendrán versiones históricas de los datos para
garantizar su permanencia.
3. Accesibles y Utilizables: Los datos
públicos abiertos deben ser fácilmente visibles y accesibles, poniéndose a
disposición de forma gratuita y sin barreras.
4. Comparables, Neutrales e
Interoperables: los datos públicos abiertos deben estar disponibles en su
fuente primaria, con el más alto grado posible de desagregación, o hacer
referencia a la base principal cuando se disponga de forma agregada; deben ser
fáciles de comparar dentro y entre sectores, a través de localizaciones
geográficas y del tiempo. Además deben ser presentados en formatos
estructurados y armonizados que faciliten su comparación, intercambio,
trazabilidad y reutilización efectiva.
5. Mecanismo para fortalecer la
Gobernanza y la Participación Ciudadana: Los datos públicos abiertos deberán
fortalecer la confianza en las instituciones públicas y la gobernanza,
entendida esta última como la gestión institucional y su relación con los
actores sociales. De manera tal que provean un fundamento para la transparencia
y la rendición de cuentas que mejore la toma de decisiones, incremente la
demanda y prestación de servicios públicos; así como la formulación y
evaluación de programas y políticas para satisfacer las necesidades de la
sociedad.
6. Fomento del desarrollo incluyente y
la innovación: La disponibilidad de datos abiertos debe estimular la
creatividad y la innovación, generando procesos y espacios para identificar
desafíos sociales y económicos, así como el monitoreo de programas de
desarrollo sostenible con participación de todos los sectores involucrados.
7. Respeto de los derechos
fundamentales: La recolección, publicación y uso de datos de gobierno deberá
respetar la normativa y los principios generales en materia de derechos humanos
expresados en tratados internacionales y la Constitución Política.