Artículo 17.-
Forma de rendir la garantía. La
garantía será depositada en la Tesorería Municipal. La garantía podrá otorgarse
por medio de dinero en efectivo, certificado de depósito a plazo y/o cheque
certificado o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional o por medio
de una garantía bancaria. Se deberá llevar copia a la Administración del Campo
Ferial del recibo de la garantía depositada para que el mismo sea archivado en
el expediente del arrendamiento.
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