3. Ordenar a la administración del Sistema de
Emergencias 9-1-1 que en la información de la próxima solicitud tarifaria
informe sobre el seguimiento concedido a los temas que a continuación se
detallan:
• Que la administración del
Sistema de Emergencias 9-1-1 en los próximos procesos tarifarios debe dar
seguimientos a todo lo establecido en la resolución RCS-155-2016, a fin de
cumplir lo solicitado en los plazos indicados en dicha resolución y el
ordenamiento jurídico vigente con respecto a la presentación de información
ante la Sutel.
•Que en cuanto a los análisis
financieros solicitados en la RCS-155-2016, estos deben realizarse de forma
mensual a fin de evidenciar las variaciones absolutas y relativas en las
cuentas del Balance de situación y en el Estado de Rendimiento Financiero que
se genere en cada uno de los meses. Se deberá indicar claramente las razones
principales por las cuales las distintas cuentas de ambos estados aumentan o
disminuyen en cada uno de los meses. Se debe llevar un control mensual de todos
los gastos asumidos y los gastos por los contratos de toda naturaleza
(arrendamientos de equipo, de edificio y otros servicios). Es importante que el
análisis de esta información sea parte de las actividades que mes a mes lleva a
cabo la administración para el control y análisis de gastos.
•Que sobre el convenio de la
cuenta por pagar con el ICE firmado en noviembre del 2015 donde se establece
que el Sistema de Emergencias 9-1-1 realizaría los pagos respectivos durante los
siguientes 15 años, debe de informar a
la Sutel si llevo a cabo dichos pagos o por qué no se
ejecutó el pago para el año 2017.
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