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 Normativa >> Reglamento municipal 033 >> Fecha 02/12/2016 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 033 - Articulo 1
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Artículo 1
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MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

Por acuerdo Nro. 6 de las 19:26 horas del viernes 2 de diciembre de 2016, que consta en el artículo 2º, capítulo 6º, del acta de la sesión ordinaria Nro. 033-2016, el Concejo de Curridabat aprobó por unanimidad y en firme, el siguiente

REGLAMENTO INTERNO PARA PREVENIR, INVESTIGAR

Y SANCIONAR EL ACOSO Y EL HOSTIGAMIENTO SEXUAL

EN LA MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

Disposiciones generales

El Concejo Municipal del cantón de Curridabat, con sustento en los artículos 169 y 170, de la Constitución Política y fundamentado en las disposiciones contenidas en los artículos 1° al 4° y 7° párrafo primero e inciso a), 21 inciso ch) y 47 del Código Municipal y de conformidad con Ley N° 7476 del 03 de febrero de 1995, denominada Ley contra el Hostigamiento Sexual en el Empleo y la Docencia y su modificación y adición mediante Ley N° 8805 del 2 de junio del 2010, y Ley Nº 5811 del 10 de octubre de 1975 “Ley que regula la Propaganda que utilice la Imagen de la Mujer”, emite el siguiente Reglamento para el Procedimiento Interno Administrativo en casos de Hostigamiento y Acoso Sexual en la Municipalidad de Curridabat, en cuanto a su tipificación, sanciones y procedimientos el cual se regirá por las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I

Fundamento

Artículo 1º—Principios regentes: El Reglamento Interno que sanciona el acoso y el hostigamiento sexual contra la dignidad de la mujer y del hombre en las relaciones laborales en la Municipalidad de Curridabat, se basa en los principios constitucionales del respeto por la libertad y la vida humana, el derecho al trabajo y el principio de igualdad ante la ley, los cuales obligan al Estado a condenar la discriminación por razón del sexo y a establecer políticas para eliminar la discriminación contra la mujer según la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer, buscando promover el desarrollo de relaciones interpersonales basadas en el respeto y la no discriminación, que conlleven a la construcción de una sociedad justa e igualitaria que garantice el ejercicio de los Derechos Humanos en condiciones de equidad entre hombres y mujeres.


 

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