Artículo 11°. —
Requisitos para ser beneficiarios de la exención de impuestos de la Ley 8932:
Para ser
beneficiario de la Exención del Pago de Tributos de Sistemas de Tratamiento de Aguas
Residuales para Contribuir a Mitigar la Contaminación del Recurso Hídrico y
Mejorar la Calidad del Agua” , el solicitante deberá cumplir los siguientes
requisitos:
1. Estar al día
con el pago de los impuestos que administre la Administración Tributaria del
Ministerio de Hacienda, con las excepciones indicadas en la Directriz No.
DR-DI-12 -2012.
2. Estar al día
en sus obligaciones de seguridad social con la CCSS.
3. Presentación
de la solicitud de exención mediante Sistema Exonet.
4. Recomendación
y requisitos técnicos según corresponda de acuerdo al artículo 9 del presente
reglamento.
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