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 Normativa >> Reglamento 07 >> Fecha 25/04/2016 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 07 - Articulo 1
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Artículo 1
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SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

ACUERDO FIRME No. 17-2016

LA JUNTA DIRECTIVA DEL

DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

CONSIDERANDO:

I.- Que de conformidad con la Ley No. 8894 publicada en el Diario Oficial La Gaceta No. 243 del 15 de diciembre de 2010, se creó el Sistema Nacional de Educación Musical (SINEM) como un órgano de desconcentración mínima del Ministerio de Cultura y Juventud, con personalidad jurídica instrumental, encargado de promover la creación y el desarrollo de escuelas de música, programas de orquesta y programas especiales de promoción de la música en todo el país.

II.- Que de conformidad con el artículo 5 inciso a) de la citada ley es función de la Junta Directiva, establecer las políticas generales del SINEM, de acuerdo con el fin y los objetivos establecidos en la presente Ley.

III.- Que el SINEM tiene como misión establecer programas de formación musical de alta calidad en el país, empleando la música como una herramienta para que las personas puedan desarrollar sus potencialidades y así llevar una vida creativa y productiva, promoviendo una sociedad más sensible y con mayor capacidad de convivir en paz.

IV.- Que la convivencia escolar constituye un factor que coadyuva indiscutiblemente a lograr los objetivos de la institución, y se percibe como un aprendizaje, que se edifica todos los días a partir de la experiencia y el contacto con los demás, con el reconocimiento y respeto por la diversidad, la capacidad de las personas de entenderse, de valorar y aceptar las diferencias y los puntos de vista de los otros, y el reconocimiento en cada uno de los estudiantes, como un sujeto de derechos, con responsabilidades que asumir en favor del bien común.

V.- Que en la medida en que la comunidad educativa del SINEM sea capaz de fortalecer y promover el respeto, la solidaridad, la disciplina, la equidad y la inclusión, es posible forjar un clima más adecuado para el aprendizaje; ya que, por un lado, la convivencia es un aprendizaje en sí mismo y, por otro, genera un ambiente idóneo para adueñarse de conocimientos, habilidades y actitudes establecidas en el currículum, mejorando la calidad de los aprendizajes.

VI.- Que uno de los factores necesarios para generar un clima escolar que facilite los aprendizajes, es la presencia de normas, reglas y procedimientos claros, consensuados y conocidos por toda la comunidad educativa, ajustados al marco legal y de carácter formativo, que asistan al desarrollo personal y social de los y las estudiantes.

VII.- Que los aprendizajes serán sobresalientes y permanentes si en el ambiente escolar se vive en armonía, rodeado de un clima de confianza y aceptación, donde la preocupación por el otro se exprese en acciones de solidaridad y se valore en las personas el ser más en lugar del tener más; y si cada uno de los miembros de la comunidad educativa está dispuesto a dar lo mejor de sí en beneficio del bien común.

VIII.- Que el ejercicio de los derechos, por parte de cada uno de los miembros implica también el correlativo respeto de éstos a los derechos de los demás integrantes de la comunidad educativa, mediante una convivencia necesariamente armoniosa que permita el logro de sus respectivos objetivos.

IX.- Que aprender a convivir es el fundamento para la construcción de una ciudadanía más respetuosa, justa, equitativa y solidaria.

X.- Que normas jurídicas como la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, la Ley No. 7739, Código de la Niñez y la Adolescencia y la Ley No. 8261, Ley General de la Persona Joven determinan en el ámbito legal, lo relacionado con la educación de las personas menores de edad, sus derechos, sus obligaciones, y los correlativos derechos y deberes de las instituciones educativas, por lo que el presente manual está inspirado en sus principios.

XI.- Que el SINEM se visualiza como un sistema de educación musical de cobertura nacional, con altos estándares de calidad artística y humana, donde se debe favorecer una sana convivencia entre los estudiantes, por lo que el presente manual, funge como instrumento que orienta a la comunidad educativa del SINEM y facilita el desarrollo pleno de todos sus integrantes.

XII.- Que por acuerdo firme No. 17-2016 tomado en Sesión Ordinaria No. 07-2016 celebrada el día 25 de abril de 2016, este Órgano Colegiado aprobó el presente reglamento.

Por tanto, promulga el presente:

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN MUSICAL

CAPÍTULO I.

LINEAMIENTOS GENERALES

Artículo 1.- Alcance. Este manual regula los derechos y obligaciones de los estudiantes, padres de familia y/o representantes legales (o encargados) y funcionarios docentes y administrativos del Sistema Nacional de Educación Musical, en relación con los procesos asociados a la convivencia escolar.

Las normas contenidas aquí se aplicarán a los estudiantes cuando estén debidamente matriculados en la Institución, cuando se encuentren en las instalaciones del SINEM, en sus actividades oficiales y extracurriculares.

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