Artículo 105 bis. - Con el propósito de
regular las actividades de promoción, relacionadas con los procesos de donación
y trasplante a nivel nacional, la Secretaría coordinará con los distintos actores
externos la elaboración de un plan para promover la donación voluntaria y
altruista de órganos y tejidos que incluya una estrategia de comunicación y de
difusión comunitaria." Artículo 3º-Deróguense los artículos 83, 84, 85 y
86 del Decreto Ejecutivo N° 39895-S del 6 de setiembre del 2016
"Reglamento a la Ley N° 9222 de 13 de marzo de 2014 "Ley de Donación
y Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos", publicado en el Alcance 217 a La
Gaceta N° 196 del 12 de octubre del 2016.
(Así
adicionado por el artículo 2° el decreto ejecutivo N° 44364 del 4 de diciembre
del 2023)
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