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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39895 >> Fecha 06/09/2016 >> Articulo 105
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39895 - Articulo 105
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Artículo 105 -BIS
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Artículo 105 bis. - Con el propósito de regular las actividades de promoción, relacionadas con los procesos de donación y trasplante a nivel nacional, la Secretaría coordinará con los distintos actores externos la elaboración de un plan para promover la donación voluntaria y altruista de órganos y tejidos que incluya una estrategia de comunicación y de difusión comunitaria." Artículo 3º-Deróguense los artículos 83, 84, 85 y 86 del Decreto Ejecutivo N° 39895-S del 6 de setiembre del 2016 "Reglamento a la Ley N° 9222 de 13 de marzo de 2014 "Ley de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos Humanos", publicado en el Alcance 217 a La Gaceta N° 196 del 12 de octubre del 2016.

(Así adicionado por el artículo 2° el decreto ejecutivo N° 44364 del 4 de diciembre del 2023)

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