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Artículo
33.- Fuente de financiamiento
El
financiamiento estará constituido de acuerdo con lo establecido en el inciso c)
del artículo 8 de la Ley N.º 8718, Autorización para el Cambio de Nombre de
la Junta de Protección Social y Establecimiento de la Distribución de Rentas
de las Loterías Nacionales, y sus reformas, de 17 de febrero de 2009.
(Así adicionado por el artículo 4° de la
ley N° 9213 del 4° de marzo de 2014, "Creación de la Secretaría Técnica
de Salud Mental")
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