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SECCION IX
De la Secretaría de la Política Nacional de Alimentación y Nutrición
Artículo 25.- Esta Secretaría tendrá como funciones:
a) Analizar e interpretar la información existente sobre la
situación alimentaria y nutricional del país;
b) Promover la formulación de la Política Nacional de alimentación y
nutrición, compatibles con el Plan Nacional de Salud;
c) Coordinar la Política Nacional de Alimentación y Nutrición con
las Políticas Nacionales Agropecuaria e Industrial. Además,
mantener en forma intersectorial estrecha coordinación con las
actividades de Planificación, Programación y Ejecución del Plan
Nacional de Desarrollo Económico y Social y sus programas y
proyectos específicos;
ch) Estimular la ejecución de los planes y proyectos que componen la
Política Nacional de Alimentación y Nutrición.
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