MUNICIPALIDAD DE SAN
JOSÉ
Resolución Nº
00041-2016.—El suscrito, Alcalde de la Ciudad de San José y como tal,
Administrador General de la Municipalidad del Cantón Central de San José, amparado
en las atribuciones y competencias que establece el artículo 17 del Código
Municipal, en consideración de lo anterior, resuelvo:
Considerando:
I.—Que la
Municipalidad de San José, desde hace más de una década y media viene
trabajando en diferentes programas y proyectos con el enfoque de derechos
humanos, y que mediante convenio con el Ministerio de Justicia y Paz han
implementado el Programa Casa de Justicia, con sede en el distrito de Hatillo.
II.—Que el Programa
Casa de Justicia tiene por objetivo, fortalecer la participación ciudadana en
los asuntos ligados a la Justicia y la resolución de conflictos en las
comunidades del Cantón de San José, como aporte a la construcción social de una
cultura de paz, que fortalezca las relaciones armoniosas entre todos los
actores del municipio.
III.—Que mediante
este Programa, la Municipalidad de San José y el Ministerio de Justicia y Paz
dan las herramientas, condiciones y oportunidades para que la ciudadanía del
cantón se incorpore de forma proactiva y directa en la resolución de sus
diversos conflictos locales, generando a la vez un proceso de promoción de la
paz social, haciendo real el artículo 2 de la ley 7727 que plantea que toda
persona tiene el derecho de recurrir al diálogo para resolver sus propios
conflictos y controversias.
Resuelvo:
Ubicar de manera
definitiva el Programa Casa de Justicia en el Departamento de Participación
Ciudadana, lo cual no genera ningún tipo de estructura nueva dentro del
organigrama institucional.
Ratificando
lo anterior, firmo en San José, a las trece horas del día veintisiete de junio
del 2016.
San José, 28 de junio del 2016.