JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
Comunica al público en general el acuerdo JD-175
correspondiente al artículo V), inciso 1) de la sesión extraordinaria 07-2016
celebrada el 29 de febrero del 2016, que en lo conducente dice:
La Junta Directiva Acuerda:
Considerando:
1º—Que de conformidad con lo establecido en el
artículo 103 de la Ley General de la Administración Pública, el artículo 3 de
la Ley Nº 8718 y los artículos 3 y 8 inciso m) del Reglamento Orgánico vigente,
la Junta Directiva de la Junta de Protección Social es el órgano colegiado
jerárquico superior y le corresponde dictar las normas que considere necesarias
para el funcionamiento interno de la Institución y aprobar los reglamentos.
2º—Que
de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 69 del Código de
Trabajo y los artículos 74, 75 y 78 inciso d) del Reglamento Autónomo de
Organización y Servicio, es obligación de la Junta de Protección Social como
patrono dar a los trabajadores los útiles, instrumentos y materiales necesarios
para ejecutar el trabajo convenido y proporcionar el equipo y elemento de
protección personal y de seguridad en el trabajo. Por tanto,
Se aprueba la modificación de los incisos f) y g) del
artículo 4 de la Norma Institucional en Materia de Vestimenta y Uso de Uniforme
para que en adelante diga:
f)
Trabajadores especializados del Departamento de Producción:
•
Camisas o blusas manga corta de botones o zipper, de corte recto en la falda,
con dos bolsas a nivel del pecho o camisa tipo guayabera de botones o zipper de
corte recto en la falda, con 3 bolsas (una en el pecho y dos en la parte de la
falda), pantalones tipo cargo, con 6 bolsas (dos laterales, bolsas comunes de
pantalón y dos bolsas en la parte de atrás)
•
Kimonos (Se mantiene el diseño del uniforme. El funcionario que opte por los
kimonos no podrá solicitar camisas, ni pantalón).
•
Zapatos especiales de seguridad para los colaboradores y punteras para visitas
del Departamento que permanecen dentro del taller.
g)
Bodegueros de almacén y cementerios:
• Tres
gabachas.
• Un
par de zapatos especiales de seguridad.
Bodegueros
del Departamento de Producción (Incluida la Unidad de Custodia y Control de
Materias Primas):
•
Camisas o blusas manga corta de botones o zipper, de corte recto en la falda,
con dos bolsas a nivel del pecho o camisa tipo guayabera de botones o zipper de
corte recto en la falda, con 3 bolsas (una en el pecho y dos en la parte de la
falda), pantalones tipo cargo, con 6 bolsas (dos laterales, bolsas comunes de
pantalón y dos bolsas en la parte de atrás)
•
Zapatos especiales de seguridad.
Acuerdo firme.