Artículo 2º—Se insta a las entidades el sector privado
y a la población en general, a colaborar en la implementación de las anteriores
indicaciones en sus respectivas empresas, centros de trabajo y casas de
habitación. Además, al sector hotelero se le insta para que las anteriores
medidas sean ampliadas a las mujeres huéspedes en estado de embarazo.
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