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 Normativa >> Resolución 22 >> Fecha 05/04/2016 >> Articulo 2
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Normativa - Resolución 22 - Articulo 2
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Artículo 2
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Artículo 2º—Liquidación. Se entenderá por liquidación la cuantificación de la obligación tributaria, del crédito, o de la sanción procedente, más los intereses correspondientes, según el caso; tomando en cuenta, cuando proceda, la distinción entre los créditos originados por pagos debidos o indebidos.

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