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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 39610 >> Fecha 16/10/2015 >> Articulo 34
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Normativa - Decreto Ejecutivo 39610 - Articulo 34
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Artículo 34
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Capítulo XI

Infracciones

Artículo 34.- Las infracciones al presente decreto reglamentario se sancionarán disciplinariamente, de conformidad con la Ley de Tránsito N.9078 y sus reformas, con el Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Decreto Ejecutivo N.27969-TSS de fecha 23/06/1999 y sus reformas, aplicable al Consejo por adscripción, en el Estatuto de Servicio Civil y su Reglamento y demás leyes conexas, con respeto al Debido Proceso Constitucional y al procedimiento  establecido  en la Ley General de la Administración Pública, sin detrimento de las responsabilidades civiles o penales que le sean aplicables.

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