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 Normativa >> Reglamento 0 - 2 >> Fecha 01/03/2016 >> Articulo 7
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Normativa - Reglamento 0 - 2 - Articulo 7
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Artículo 7
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Artículo 7°-Funciones y deberes del Departamento de Recursos Humanos

Corresponde al Departamento de Recursos Humanos:

a) Comunicar formalmente al Defensor(a) de los Habitantes cuando un puesto quede vacante definitiva o temporalmente, en un plazo no mayor a cinco días hábiles.

b) Proporcionarle al Defensor(a) de los Habitantes las herramientas técnicas y objetivas que le faciliten el nombramiento o ascenso de personal.

c) Emplear los medios idóneos que se requieran para divulgar los procesos de selección y nombramiento de manera que sean del conocimiento de la población en general y, particularmente, de las comunidades afrodescendiente, indígena, personas con discapacidad y personas trans; así como de todo el personal de la institución, cuando se trate de concursos internos.

d) Estudiar las ofertas y los requisitos del puesto de conformidad con el Manual Descriptivo de Clases de Puestos y los predictores de selección previstos para cada concurso.

(Así reformado el inciso anterior y publicado en el Alcance Digital N° 37 a La Gaceta N° 34 del 21 de febrero de 2022)

e) Recibir y registrar la información de las personas candidatas que hayan manifestado formalmente su interés de participar en los procesos de selección y nombramiento.

f) Efectuar la evaluación de las personas candidatas en conjunto con la Comisión Evaluadora para registrar los resultados finales. Dicha información, así como los documentos utilizados en el proceso, deben consignarse en el expediente que se elabore para cada concurso y ponerse a disposición delas personas interesadas una vez terminado el concurso.

(Así reformado el inciso anterior y publicado en el Alcance Digital N° 37 a La Gaceta N° 34 del 21 de febrero de 2022)

g) Notificar a las personas candidatas, directamente y con la prontitud necesaria, el resultado de los procesos de selección y nombramiento.

h) Otorgar el plazo establecido por ley para la presentación de los recursos a los procedimientos de nombramiento llevados a cabo por la Comisión Evaluadora con el apoyo de este Departamento.

(Así reformado el inciso anterior y publicado en el Alcance Digital N° 37 a La Gaceta N° 34 del 21 de febrero de 2022)

i) Recibir y trasladar los recursos que interpongan las personas interesadas en los procesos de selección y nombramiento, sobre el cartel, los predictores y sus ponderaciones, o el procedimiento seguido.

(Así reformado el inciso anterior y publicado en el Alcance Digital N° 37 a La Gaceta N° 34 del 21 de febrero de 2022)

j) Mantener debidamente ordenados y actualizados los expedientes de las y los oferentes, incluidos los de las y los funcionarios a efecto de contar con toda la información requerida para una valoración justa y completa de la idoneidad de las personas candidatas. Al respecto, es responsabilidad de cada oferente presentar oportunamente toda la documentación necesaria.

k) En los casos de concursos internos para realizar sustituciones temporales, el Departamento de Recursos Humanos colaborará en la integración de la terna o nómina correspondiente y la trasladará a la Dirección del Área o Jefatura de Departamento al que pertenece el puesto subalterno, a fin de que emita, en el plazo de tres días hábiles, una recomendación fundamentada al Defensor (a) de los Habitantes.

l) Junto con la recomendación de la Jefatura o Dirección del Área correspondientes para las sustituciones temporales, el Departamento de Recursos Humanos remitirá la terna o nómina al Defensor (a) de los Habitantes para que éste haga la escogencia definitiva en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del momento en que ésta es recibida.

m) Recomendar mecanismos de control y evaluación de este procedimiento.

(Así reformado el inciso anterior y publicado en el Alcance Digital N° 37 a La Gaceta N° 34 del 21 de febrero de 2022)

n) Comunicar formalmente el resultado de los procesos de reclutamiento a quienes participaron.

(Así reformado el inciso anterior y publicado en el Alcance Digital N° 37 a La Gaceta N° 34 del 21 de febrero de 2022)

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