Artículo
20.-De los
recursos contra el acuerdo de nombramiento: Las personas oferentes que se
sientan perjudicados por el acuerdo de nombramiento que se emita al final del
concurso interno, podrán presentar formal recurso de recurso de revocatoria con
apelación en subsidio ante el Departamento de Recursos Humanos y el o la
Defensora de los Habitantes, según el caso, en un plazo de tres días hábiles a
partir de la respectiva notificación. El Departamento de Recursos Humanos y el
Defensor(a) de los Habitantes contarán con un plazo de ocho días hábiles, cada
uno, para resolver los recursos. La resolución que dicte el Defensor(a) de los
Habitantes dará por agotada la vía administrativa.
(Así
reformado mediante acuerdo DH-A-2717-2024 del 11 de junio del 2024)
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