Artículo 2º—El presente Decreto complementa los espacios de
planificación, los mecanismos de articulación y participación a nivel
territorial y cantonal conforme lo establecido en las Leyes de Transformación
del Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural
(INDER) y la Ley General de Transferencia de competencias del Poder Ejecutivo a
las Municipalidades.
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