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 Normativa >> Circular 19 >> Fecha 23/11/2015 >> Articulo 1
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Normativa - Circular 19 - Articulo 1
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Artículo 1
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COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

(Nota de Sinalevi: El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica aprobó los nuevos Lineamiento para el Registro, Inscripción, Desinscripción y Pago de Actividades de Desarrollo Profesional del Colegio de Contadores Públicos, en sesión N° 13 del 28 de junio de 2017)

La Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica en su Sesión Ordinaria Nº 31-2015 del lunes 23 de noviembre del 2015 mediante acuerdo Nº 813-2015, acordó aprobar reforma al Manual para el Registro, Desinscripción y pago para actividades de Capacitación y Actualización Profesional, derogando el acuerdo Nº 845-2014-SO32, de la sesión ordinaria 32-2014, en ese sentido el documento que prevalecerá será el siguiente:

Circular 19-2015

MANUAL PARA EL REGISTRO, DESINSCRIPCIÓN Y PAGO

PARA ACTIVIDADES DE CAPACITACIÓN

Y ACTUALIZACIÓN PROFESIONAL

Las y los Contadores Públicos Autorizados a nuestro Colegio, deben velar por su actualización profesional, siendo un eje primario para prestar un servicio de alta calidad. Este criterio aplica tanto para los casos de ejercicio independiente de la profesión, como para el profesional que se desenvuelve en cargos dentro de una empresa pública o privada; en ambos casos sus clientes o patronos requieren que el profesional que les atienda, se encuentre al día con las exigencias que demande su posición.

El Colegio es consciente de la importancia de la actualización profesional de sus miembros y en respuesta a las funciones que define la Ley 1038 en su artículo 14, incisos a y b, a puesto a disposición las siguientes “Actividades de Capacitación”: cursos, talleres, seminarios, tertulias, foros, programas modulares y congresos entre otros programas, para que el CPA pueda participar activamente.

Por lo anterior, se hace necesario emitir el presente manual con el propósito de contar con las guías de inscripción, desinscripción en las diferentes Actividades de Capacitación.

CAPÍTULO I

Del Registro e Inscripción a los Cursos

de Actualización Profesional

Artículo 1º—Forma de Registro: Es responsabilidad de cada participante pagar el curso, llenar el formulario y enviar su matrícula, la cual estará disponible de forma virtual. Debe considerarse que el Colegio cuenta con aulas que tiene una capacidad limitada.

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