MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
“ADICIÓN A REFORMA AL ARTÍCULO 3 DEL
“REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN, REGULACIÓN
Y COMERCIALIZACIÓN DE BEBIDAS CON CONTENIDO
ALCOHÓLICO EN EL CANTÓN DE SAN JOSÉ”
Este Concejo Municipal Acuerda: Reformar el artículo 3 del “Reglamento
de fiscalización, regulación y comercialización de bebidas con contenido
alcohólico en el cantón de San José” para que en la definición de “ÁREA ÚTIL”
se lea como sigue: “Espacio destinado para el desarrollo de la actividad
comercial bajo el giro solicitado sin que a esta se le sume el área destinada
para espacios de parqueos, área de cocina, pasillos, bodegas, servicios
sanitarios y demás áreas que de manera directa o indirecta contribuyan con una
finalidad específica o accesoria para el desarrollo de la actividad”; y para
que en la definición de “RESTAURANTE”, se lea en vez de área de cocción y
preparación de alimentos de al menos 25 metros cuadrados” lo siguiente: “área
de cocción y preparación de alimentos de al menos 10 metros cuadrados”.
Acuerdo
definitivamente aprobado. 2, Artículo IV, de la sesión ordinaria 286, celebrada
por la Corporación Municipal del cantón Central de San José, el 20 de octubre
de 2015.
San José, 4 de noviembre de 2015.
|