N° 9307
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DECRETA:
CREACIÓN DEL SISTEMA DE ALERTA Y EL
PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACIÓN Y
REACCIÓN INMEDIATA ENTRE LAS INSTITUCIONES
PÚBLICAS Y PRIVADAS ANTE LA DESAPARICIÓN O
SUSTRACCIÓN DE PERSONAS MENORES DE EDAD
ARTÍCULO 1.- Objeto
La
presente ley tiene como objeto crear el Sistema de Alerta y el procedimiento
para la coordinación y reacción inmediata de las instituciones públicas y
privadas ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad,
reportadas como sustraídas o desaparecidas.
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