Transitorio I(*):
Presentación de Declaraciones para los siguientes modelos electrónicos:
(*) (Así modificada su denominación por el artículo 2° de la resolución
N° DGT-R-09-2021 del 3° de febrero de 2021)
-D.150 ―Declaración anual de resumen de retenciones pago a cuenta
impuestos sobre las utilidades. La presentación de este modelo electrónico pasa
a ser mensual a partir del 01 de octubre del 2016, de acuerdo a las condiciones
establecidas en el artículo 12 de la resolución DGT-R-042-2015 (diez días
naturales del mes siguiente de aquel en el que se efectuaron las retenciones).
En cuanto a la declaración anual correspondiente al período fiscal 2016, deberá
indicarse como período ―09- 2016‖ con el propósito de evitar
confusiones con la declaración mensual correspondiente al período 12/2016.
-D.153 ―Declaración mensual resumen de retenciones pago a cuenta
impuesto sobre las ventas. Esta declaración se presentará (para el período
fiscal 2016) hasta el mes de setiembre del 2016 y en adelante esta información
se incluirá en el modelo D-155.
-D-155 ―Declaración mensual resumen de retenciones pago a cuenta
impuesto sobre las ventas e impuesto sobre la renta. Su presentación rige a
partir del mes de octubre del 2016, de acuerdo a las condiciones establecidas
en el artículo 12 de la resolución DGT-R-042-2015 (diez días naturales del mes
siguiente de aquel en el que se efectuaron las retenciones).
(Así
reformado por el artículo 1° de la resolución DGT-R-29-2016 del 18 de mayo de
2016)
|