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 Normativa >> Resolución 042 >> Fecha 05/10/2015 >> Articulo 1
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Normativa - Resolución 042 - Articulo 1
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Artículo 1    Tipo: Transitorio    (No vigente*)
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Transitorio I(*): Presentación de Declaraciones para los siguientes modelos electrónicos:

(*) (Así modificada su denominación por el artículo 2° de la resolución N° DGT-R-09-2021 del 3° de febrero de 2021)

-D.150 ―Declaración anual de resumen de retenciones pago a cuenta impuestos sobre las utilidades. La presentación de este modelo electrónico pasa a ser mensual a partir del 01 de octubre del 2016, de acuerdo a las condiciones establecidas en el artículo 12 de la resolución DGT-R-042-2015 (diez días naturales del mes siguiente de aquel en el que se efectuaron las retenciones). En cuanto a la declaración anual correspondiente al período fiscal 2016, deberá indicarse como período ―09- 2016‖ con el propósito de evitar confusiones con la declaración mensual correspondiente al período 12/2016.

-D.153 ―Declaración mensual resumen de retenciones pago a cuenta impuesto sobre las ventas. Esta declaración se presentará (para el período fiscal 2016) hasta el mes de setiembre del 2016 y en adelante esta información se incluirá en el modelo D-155.

-D-155 ―Declaración mensual resumen de retenciones pago a cuenta impuesto sobre las ventas e impuesto sobre la renta. Su presentación rige a partir del mes de octubre del 2016, de acuerdo a las condiciones establecidas en el artículo 12 de la resolución DGT-R-042-2015 (diez días naturales del mes siguiente de aquel en el que se efectuaron las retenciones).

 (Así reformado por el artículo 1° de la resolución DGT-R-29-2016 del 18 de mayo de 2016)

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