Artículo 17.—Medio
de presentación de las declaraciones informativas. La declaración
informativa debe presentarse obligatoriamente en el sitio Web de la Dirección
General de Tributación, desde cualquier lugar que tenga acceso a internet. Se
puede realizar directamente en las Administraciones Tributarias a través de los
“Quioscos tributarios” u otros puestos habilitados para estos efectos.
La correcta
presentación de la declaración informativa, en el sitio mencionado, genera un
acuse de recibido con datos como la identificación del informante, modelo de
declaración recibido y la fecha de recepción entre otros. En el caso que no se
genere el acuse respectivo el sitio cuenta con la facilidad de reimpresión, si
en este proceso no se muestran los datos se entenderá que no se realizó la
presentación de la declaración.
Es importante corroborar en la reimpresión el acuse de
recibido de la presentación de la declaración, toda vez que el mismo
corresponde al comprobante con el cual cuenta el informante como elemento
probatorio ante las actuaciones de verificación de la Administración
Tributaria.
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