Transitorio II.-Dentro del plazo de dos
meses a partir de la vigencia del presente reglamento, deberá el área de
Tecnologías de Información y Comunicación, modificar la página WEB de INFOCOOP,
con información oportuna y actualizada que proyecte una imagen que se adecúe a
la realidad institucional y a las necesidades operativas y funcionales de
INFOCOOP y del movimiento cooperativo en general.
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