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 Normativa >> Reglamento 4026 >> Fecha 02/06/2015 >> Articulo 17
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Normativa - Reglamento 4026 - Articulo 17
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Artículo 17
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Artículo 17.—Del área de Comunicación e Imagen. El área de Comunicación e Imagen depende jerárquicamente de la Dirección Ejecutiva y tiene por objetivo planificar, organizar, integrar al personal, dirigir y controlar el proceso de comunicación, para lo cual desarrolla procesos planificados y participativos de comunicación masiva e interpersonal orientados a la educación cooperativa y a fortalecer la rendición de cuentas del INFOCOOP y del cooperativismo: Logros, servicios, programas, proyectos, la buena imagen pública y la articulación del sector.


 

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