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 Normativa >> Reglamento 4026 >> Fecha 02/06/2015 >> Articulo 16
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Normativa - Reglamento 4026 - Articulo 16
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Artículo 16
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Artículo 16.—De la Contraloría de Servicios. El área de Contraloría de Servicios está adscrita a la Dirección Ejecutiva y tiene por objetivo el cumplimiento de las funciones establecidas en el Decreto Ejecutivo Nº 26025, de Creación, Organización y Funcionamiento del Sistema Nacional de Contralorías Servicios y demás legislación vigente.


 

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