Artículo 4º- Normas
presupuestarias
Se autorizan las siguientes normas de ejecución presupuestaria:
1. Para que se autorice el cambio de destino de la partida específica,
reparación y mantenimiento de caminos en la comunidad de Carrera Buena y Bajo Castillo
de Zapotal de San Ramón, distrito Zapotal, incluida en la Ley N.° 9103, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico de 2013, publicada en el alcance 205 de La Gaceta N.° 242, de 4 de
diciembre de 2012, que se detalla a continuación:
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G-O
60104
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I-P
589
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FF
001
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C-E
1310
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CF
2151
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Reparación y
mantenimiento
de caminos en la comunidad
de Carrera Buena
y Bajo Castillo de Zapotal de San
Ramón, distrito Zapotal
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Monto
¢1.199.006,00
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Para que el total o saldo de esta partida sea utilizada para:
- Reparación de caminos en la comunidad de San Antonio de Zapotal de San
Ramón, distrito Zapotal.
Todo esto en concordancia con el acuerdo N.° 02, tomado por el Concejo
Municipal de San Ramón, en la sesión ordinaria N.° 302, de 4 de marzo de 2014.
2. Para que se autorice el cambio de destino de la partida específica,
construcción de un puente de hamaca sobre el río Barranquilla, distrito
Zapotal, incluida en el decreto ejecutivo N.° 34554-H, publicado en La Gaceta
N.° 114, de 13 de agosto de 2008, que se detalla a continuación.
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N.° LEY
8627
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AÑO
2007
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PROG
901
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G-O
745
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C-E
242
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Construcción de un puente de
hamaca sobre el río Barranquilla, distrito
Zapotal
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Monto
¢13.299.684,00
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Para que el saldo de esta partida sea desglosado presupuestariamente de
la siguiente manera:
-Que el cincuenta por ciento (50%) de la partida seis millones
seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos colones con cero
céntimos (¢6.649.842,00) se destine a la compra de alcantarillas, para que sean
colocadas en el camino de Bajo Chassoul, código
202-065, bajo la coordinación con la Asociación de Desarrollo Integral de San
Antonio.
-De la misma forma, el restante cincuenta por ciento (50%) seis millones
seiscientos cuarenta y nueve mil ochocientos cuarenta y dos colones con cero
céntimos (¢6.649.842,00) se destine a la compra de materiales y alquiler de
maquinaria, para mejoras en los caminos vecinales de Carrera Buena, códigos 2-
02-061 Carrera Buena- Bajo Castillo, 2-02-062 Carrera Buena-río Jabonal límite, 2-02-182 Carrera Buena-río Barranquilla
límite, y sea coordinado con la Asociación de Desarrollo Integral de Carrera
Buena.
Todo esto en concordancia con el acuerdo N.° 14, tomado por el Concejo
Municipal de San Ramón, en la sesión ordinaria N.° 332, de 15 de julio de 2014.
3. Se autoriza a la Municipalidad de Guácimo para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8627, código presupuestario 232 906
70104 753 280 2310 3310, por un monto de dos millones cuatrocientos cincuenta y
cinco mil veintiún colones con cero céntimos (¢2.455.021,00) o el saldo que
exista, destinada “Para la Asociación de Desarrollo Integral el Limbo para la
colocación de malla en la cancha multiuso el Limbo, Distrito Duacarí”, a fin de que se utilice para el proyecto de
mejoras en el acueducto de la Asociación Administradora proyecto barrio San
Jorge.
4. Se autoriza a la Municipalidad de Dota para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N.° 8627, código presupuestario 232 900
70104 826 280 2310 3310, por un monto de novecientos mil colones con cero
céntimos (¢900.000,00) o el saldo que exista, destinada “Para la construcción
de la cancha multiuso en el Distrito Copey”, a fin de que se utilice para la
colocación de piso en el templo católico de Copey.
5. Se autoriza a la Municipalidad de León Cortés para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9166, código presupuestario
203-044-00 70104 280 2310 3320 960, por un monto de treinta millones de colones
con cero céntimos (¢ 30.000.000,00) o el saldo que exista, destinada “Para la
construcción de Anfiteatro para el parque de San Pablo de León Cortés, con base
en el Código Municipal, Ley N.° 7794 de 30/04/1998”, a fin de que se utilice
para cubrir necesidades básicas del servicio de recolección de basura en el
Programa 2.
6. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario
232 900 70104 475 001 2310 3412, por un monto de un millón ochocientos mil
colones con cero céntimos (¢1.800.000,00) o el saldo que exista, destinada a
“Construcción de malla en la Escuela La Angostura, Distrito San Isidro”, a fin
de que se utilice para inicio de la sala de espera para padres de familia de la
Escuela La Angostura.
7. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N° 8691, código presupuestario
232 900 70104 457 280 2310 3120, por un monto de novecientos mil colones con
cero céntimos (¢900.000,00) o el saldo que exista, destinada “Para mejoras en
el salón comunal de La Trinidad Arriba, Distrito Pejibaye”, a fin de que se
utilice para la segunda etapa del salón de actos de la Escuela de la Trinidad
Arriba.
8. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 900 70104 670001 2310 2151, por un monto de un millón setecientos siete mil
ochocientos cincuenta y dos colones con cero céntimos (¢1.707.852,00) o el
saldo que exista, destinada a “colocación de punta de diamante sobre puente
paso entrada a San Cayetano en Los Ángeles, Distrito Páramo”, a fin de que se
utilice para mantenimiento de camino Los Ángeles entrada a San Cayetano,
distrito Páramo.
9. Se autoriza a la Municipalidad de Upala
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019,
artículo 8, inciso 37, párrafo 3, por un monto de cuatro millones ochocientos
mil colones con cero céntimos (¢4.800.000,00) o el saldo que exista, destinada
a “Construcción de batería sanitaria acorde con la Ley N.° 7600 y pega de
cerámica en las aulas de la Escuela El Rosario”, a fin de que se utilice para
mejoras de infraestructura de la Escuela El Rosario.
10. Se autoriza a la Municipalidad de Upala
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019,
artículo 8, inciso 35, párrafo 4, por un monto de tres millones novecientos
noventa y siete mil trescientos trece colones con cero céntimos (¢3.997.313,00)
o el saldo que exista, destinada a “compra de terreno al costado donde se ubica
y se construirá el Liceo San Jorge”, a fin de que se utilice para transferir a
la Junta Administrativa del Liceo San Jorge para la compra de un terreno en San
Jorge de Yolillal.
11. Se autoriza a la Municipalidad de Upala
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691,
código presupuestario 232 901 70104 397 280 2310 3120, por un monto de dos
millones cuatrocientos mil colones con cero céntimos (¢2.400.000,00) o el saldo
que exista, destinada “Para la compra de terreno para las instalaciones de la
Asociación de Desarrollo Integral de Zapote, Distrito Bijagua”, a fin de que se
utilice para la construcción de la segunda etapa oficina Asociación de
Desarrollo de Zapote.
12. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario
232 900 70104 472 001 2310 2151, por un monto de un millón ochocientos mil
colones con cero céntimos (¢1.800.000,00) o el saldo que exista, destinada a
“Inicio puente peatonal paralelo al puente sobre Quebrada San Rafael en Barrio
Boston, Distrito San Isidro”, a fin de que se utilice para inicio del puente
peatonal que comunica calle Víquez con calle Monte Verde.
13. Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 901 70104 662 001 2310 2220, por un monto de tres millones ochocientos
cincuenta y dos mil quinientos veintidós colones con cero céntimos
(¢3.852.522,00) o el saldo que exista, destinada “Evacuación pluvial en el
camino 2-10-156, cuadrantes de Aguas Zarcas, Distrito de Aguas Zarcas”, a fin
de que se utilice para evacuación pluvial en el camino 2-10-042, Montecristo,
distrito Aguas Zarcas.
14. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario
232 900 70104 420 280 2310 3310, por un monto de un millón ciento veinticuatro
mil sesenta y un colones con cero céntimos (¢1.124.061,00) o el saldo que
exista, destinada “Para construir la I etapa techo para la cancha de fútbol 5
en la comunidad de La Unión, Distrito San Pedro”, a fin de que se utilice para
construir I etapa del salón de catequesis de La Fortuna de San Pedro.
15. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 900 70104 622 001 2310 3310, por un monto de un millón ochocientos mil
colones con cero céntimos (¢1.800.000,00) o el saldo que exista, destinada a “I
etapa del piso cancha multiuso en Calle Gravilias,
Barrio San Andrés, Distrito San Isidro del General”, a fin de que se utilice
para la compra de mobiliario para el salón de catequesis, cocina y batería
sanitaria según la Ley N.° 7600, en la iglesia de San Andrés.
16. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 900 70104 665 001 2310 3410, por un monto de un millón setecientos cuarenta
y seis mil doscientos ochenta y cinco colones con cero céntimos (¢1.746.285,00)
o el saldo que exista, destinada a “Construcción del muro de retención y
protección aulas kínder y apoyo Escuela Santa Rosa, Distrito Río Nuevo”, a fin
de que se utilice para la construcción de malla de protección del lote de la
Escuela de Santa Rosa de Río Nuevo.
17. Se autoriza al Centro Cultural e Histórico José Figueres Ferrer para
que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código
presupuestario 213 751-00 70102 280 2310 3320 210, por un monto de ciento
veinte millones de colones con cero céntimos (¢120.000.000,00) o el saldo que
exista, destinada “Para compra de terreno, según Ley N.° 7672 del 29/04/1997”,
a fin de que se utilice para compra de terreno y/o edificio, según Ley N.°
7672, de 29 de abril de 1997.
18. Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 901 70104 665 001 2310 2220, por un monto de siete millones quinientos
cuarenta y dos mil trescientos quince colones con cero céntimos (¢7.542.315,00)
o el saldo que exista, destinada a “Evacuación pluvial en el camino 2-10-072,
distrito Fortuna”, a fin de que se utilice para evacuación pluvial en camino
2-10-074, Sonafluca-El Bosque, distrito La Fortuna.
19. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de las siguientes partidas presupuestarias:
-Ley N.° 8908, código presupuestario 232-900 70104 386 1 2310 1310, por
novecientos mil colones con cero céntimos (¢900.000,00) o el saldo que exista
destinado a “Compra de uniformes e implementos deportivos para el centro
penitenciario La Reforma, Distrito Daniel Flores”.
-Ley N.° 8790, código presupuestario 232-900 70104 411 280 2310 3310,
por unmillón trescientos setenta y nueve mil
seiscientos cuarenta y ocho colones con cero céntimos (¢1.379.648,00) o el
saldo que exista destinado “Para colocar malla en la plaza de deportes en
Barrio Lourdes, Distrito Daniel Flores”.
-Ley N.° 8691, código presupuestario 232-900 70104 427 280 2310 3412,
por ochocientos cincuenta y cinco mil colones con cero céntimos (¢855.000,00) o
el saldo que exista destinado “Para la construcción de pasillos en la escuela
La Repunta, Distrito Daniel Flores”.
A fin de que se asignen a la Asociación de Desarrollo Integral de Las
Brisas de Daniel Flores, en la construcción de un muro de retención a un
costado de la cancha de fútbol.
20. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, código presupuestario
232-900 70104 391 1 2310 3120, por un monto de cinco millones cuatrocientos
ochenta y seis mil setecientos cuarenta y cinco colones con cero céntimos
(¢5.486.745,00) o el saldo que exista, destinada a “mejoras en el salón comunal
del Alto de La Trinidad, Distrito Pejibaye”, a fin de que se utilice para la
primera etapa del salón de Alto de la Trinidad.
21. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, artículo 8° inciso 3,
párrafo primero, por un monto de cinco millones ochocientos ochenta y ocho mil
seiscientos cincuenta y dos colones con cero céntimos (¢5.888.652,00) o el
saldo que exista, destinada a “mantenimiento para la calle marítima de Santa
Fe, distrito Pejibaye”, a fin de que se utilice para la primera etapa del
edificio del Concejo de Distrito de Pejibaye.
22. Se autoriza a la Municipalidad de Tilarán
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103,
código presupuestario 232 904 70104 556 001 2310 3310, por un monto de dos
millones trescientos noventa y siete mil novecientos un colones con cero
céntimos (¢2.397.901,00) o el saldo que exista, destinada a “Reparación de
cancha de fútbol de parcelas de quebrada azul, Distrito Santa Rosa”, a fin de
que se utilice para el equipamiento de la cocina católica de parcelas Quebrada
Azul.
23. Se autoriza a la Municipalidad de Cañas para que varíe el destino de
la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 232 904
70104 254 280 2310 3412, por un monto de un millón ochocientos mil colones con
cero céntimos (¢1.800.000,00) o el saldo que exista, destinada “Para remodelar
el comedor escolar de la Escuela de San Isidro, Distrito Palmira, a fin de que
se utilice para la construcción del enmallado perimetral de la Delegación de la
Fuerza Pública del distrito de Palmira.
24. Para que se autorice a la Municipalidad de Coto Brus
y se varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 7216, código
presupuestario 130 916 730 569 27 242 31 49, por un monto de cinco millones de
colones con cero céntimos (¢5.000.000,00) o el saldo que exista, destinada
“Para compra de terreno y construcción cementerio de San Vito”, a fin de que se
utilice para construcciones varias.
25. Para que se autorice a la Municipalidad de Coto Brus
y se varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código
presupuestario 232 905 70104 642 001 2310 2151, por un monto de tres millones
doscientos sesenta y nueve mil setecientos setenta y cuatro colones con cero
céntimos (¢3.269.774,00) o el saldo que exista, destinada “Para la construcción
del puente caja en Hamacas de Pittier, Distrito de Pittier”, a fin de que se utilice para conformación del
camino principal de Hamacas de Pittier.
26. Para que se autorice a la Municipalidad de Buenos Aires y se varíe
el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, artículo 7, inciso
27), por un monto de ocho millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos
setenta y siete colones con cero céntimos (¢8.148.277,00) o el saldo que exista,
destinada “Para remodelación y ampliación del salón multiuso el Brujo”, a fin
de que se utilice para mejoras en el acueducto de El Brujo y Florida.
(Nota de Sinalevi: Mediante el artículo
4 aparte 12) de la ley N° 9711 del 24 de julio de 2019, se autorizó la
siguiente modificación presupuestaria
indicada en el párrafo
anterior:”Ley N.° 9304,
artículo 4, inciso 26, por ocho millones ciento cuarenta y ocho mil doscientos
setenta y siete colones (¢8.148.277), o el saldo que exista, destinado a
“Mejoras en el acueducto de El Brujo y Florida”.”)
27. Para que se autorice a la Municipalidad de Buenos Aires y se varíe
el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código
presupuestario 232 905 60104 524 001 1310 3340, por un monto de dos millones
setecientos mil colones con cero céntimos (¢2.700.000,00) o el saldo que
exista, destinada “Para remodelación aula para catequesis templo católico el
Ceibo de Buenos Aires, distrito Buenos Aires”, a fin de que se utilice para la
compra de mobiliario y equipamiento del salón y cocina comunal.
28. Para que se autorice a la Municipalidad de Buenos Aires y se varíe
el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9109, código
presupuestario 232 905 70104 319 001 2310 3340, por un monto de tres millones
seiscientos mil colones con cero céntimos (¢3.600.000,00) o el saldo que
exista, destinada “Para reparación templo la luz del mundo, comunidad de San
Carlos, distrito Buenos Aires”, a fin de que se utilice para la construcción de
aceras en la comunidad de San Carlos.
(Nota de Sinalevi: Mediante el artículo
4 apartes 12) y 16) de la ley N° 9711 del 24 de julio de
2019, se autorizó la siguiente modificación presupuestaria indicada en el
párrafo anterior: “Ley N.° 9304,
artículo 4, inciso 28, por tres millones seiscientos mil colones (¢3.600.000),
o el saldo que exista, destinado a “Construcción de aceras en la comunidad de
San Carlos”.)
29. Para que se autorice a la Municipalidad de Buenos Aires y se varíe
el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, artículo 7, inciso
28), por un monto de veintitrés millones cuatrocientos setenta y cuatro mil
setecientos ochenta y tres colones con cero céntimos (¢23.474.783,00) o el
saldo que exista, destinada “Para remodelación del gimnasio Liceo del Carmen
Distrito de Bioley”, a fin de que se utilice para
iluminación y mejoras de la cancha de fútbol del Carmen de Bioley.
30. Para que se autorice a la Municipalidad de Buenos Aires y se varíe
el destino de las siguientes partidas presupuestarias:
- Ley N.° 8691, código presupuestario 232 905 70104 293 280 2310 3412,
por un monto de novecientos mil colones con cero céntimos (¢900.000,00) o el
saldo que exista, destinada “Para el Mejoramiento del Centro Educativo El
Campo, Distrito de Bioley”.
- Ley N.° 8691, código presupuestario 232 905 70104 286 280 2310 3120,
por un monto de novecientos mil colones con cero céntimos (¢900.000,00) o el
saldo que exista, destinada “Para el mejoramiento del salón comunal La Puma,
Distrito de Bioley”.
- Ley N.° 8691, código presupuestario 232 905 70104 289 280 2310 3340,
por un monto de cuatrocientos cincuenta mil colones con cero céntimos
(¢450.000,00) o el saldo que exista, destinada “Para el mejoramiento del Templo
Católico Linda Vista, Distrito de Bioley”.
- Ley N.° 9019, código presupuestario 232 905 70104 340 001 2310 3412,
por un monto de un millón ochenta mil colones con cero céntimos (¢1.080.000,00)
o el saldo que exista, destinada “Para el mejoramiento del lote escolar de la
Comunidad de Linda Vista, Distrito de Bioley”.
- Ley N.° 9019, artículo 7, inciso 26), párrafo 11, por cuatrocientos
cincuenta mil colones con cero céntimos (¢450.000,00) o el saldo que exista
destinada a “compra de materiales del salón comunal San Isidro”.
- Ley N.° 8691, código presupuestario 232 905 70104 294 280 2310 3120,
por un monto de cuatrocientos cincuenta mil colones con cero céntimos
(¢450.000,00) o el saldo que exista, destinada “Para la compra de estructura
para el Salón comunal San Isidro, Distrito de Bioley”.
A fin de que se utilicen para la construcción de la primera etapa del
salón comunal San Isidro de Bioley.
31. Para que se autorice a la Municipalidad de Buenos Aires y se varíe
el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código
presupuestario 232 905 70104 292 280 2310 3340, por un monto de un millón
ochocientos mil colones con cero céntimos (¢1.800.000,00) o el saldo que
exista, destinado “Para el mejoramiento del Templo Católico Altamira, Distrito Bioley”, a fin de que se utilice para la compra de mobiliario
para el salón y cocina comunal de Altamira de Bioley.
32. Se autoriza a la Municipalidad de Aguirre para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, código presupuestario 232 905
70104 307 1 2310 3310, por un monto de siete millones doscientos mil colones
con cero céntimos (¢7.200.000,00) o el saldo que exista, destinada a
“Instalación de posteado y alumbrado eléctrico de cancha de fútbol de Hatillo,
Distrito Savegre”, a fin de que se utilice para
compra de terreno para la construcción de tanques de almacenamiento de agua de
la Asada de Hatillo de Savegre.
33. Se autoriza a la Municipalidad de Aguirre para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario 232 905
70104 267 280 2310 3130, por un monto de diez millones setecientos cuarenta mil
setecientos treinta y ocho colones con cero céntimos (¢10.740.738,00) o el
saldo que exista, destinada a “mejoras de infraestructura y equipo para la
ASADA de Hatillo, Distrito Savegre”, a fin de que se
utilice para compra de terreno para servidumbre de paso de acueducto de
Hatillo, distrito Savegre.
34. Se autoriza a la Municipalidad de Aguirre para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario 232 905
70104 577 001 2310 3412, por un monto de dos millones cuatrocientos treinta mil
colones con cero céntimos (¢2.430.000,00) o el saldo que exista, destinada a
“construcción de corredor y batería sanitaria, Escuela Dos Bocas, Distrito Savegre”, a fin de que se utilice para la construcción y
mejoras al puente San Miguel de Savegre, distrito Savegre.
35. Se autoriza a la Municipalidad de Aguirre para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código presupuestario 232 905
70104 320 280 2310 3120, por un monto de dieciséis millones trescientos
dieciséis mil seiscientos treinta y un colones con cero céntimos
(¢16.316.631,00) o el saldo que exista, destinada “para realizar
construcciones, adiciones y mejoras en el cementerio de Matapalo de Savegre, Distrito Savegre”, a fin
de que se utilice de la siguiente manera:
- Construcción, adición y mejoras de la cocina comunal de Matapalo: seis
millones de colones con cero céntimos (¢6.000.000,00).
- Equipo y mobiliario del Cen Cinai de Matapalo: tres millones doscientos mil colones con
cero céntimos (¢3.200.000,00)
- Equipo de mantenimiento para el cementerio de Matapalo: un millón
ciento
dieciséis mil seiscientos treinta y un colones con cero céntimos (
¢1.116.631,00) - Construcción, adición y mejoras del salón comunal de Portalón
cuatro millones de colones con cero céntimos (¢4.000.000,00)
- Remodelación de la oficina para archivo del CTP Matapalo dos millones
de colones con cero céntimos (¢2.000.000,00)
36. Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9166, código presupuestario
203 044 70104 280 2310 2220 795, por un monto de quince millones de colones con
cero céntimos (¢15.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a “Rehabilitación
de Evaluación Pluvial en el Camino, Construcción de Paso de Alcantarilla y
Construcción de Área de Reunión y Juego Urbanización Brisas del Sur, Ciudad
Quesada”, a fin de que se utilice para la construcción del área de reunión y
juego en Urbanización Brisas del Sur, Ciudad Quesada.
37. Se autoriza a la Municipalidad de Valverde Vega para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario
203 044 70104 001 2310 3120 202, por un monto de ciento cincuenta millones de
colones con cero céntimos (¢150.000.000,00) o el saldo que exista, destinada
“para ¢120.000.000,0 para adquisición de terreno para el nuevo cementerio de Sarchí, y ¢30.000.000,00 millones para la remodelación del
parque de Sarchí Norte, Ley N.° 7794 de 30/04/1998 y
sus reformas”, a fin de que se utilicen ciento veinte millones de colones con
cero céntimos (¢120.000.000,00) para adquisición de terreno para un nuevo
cementerio, así como realizar mejoras a dicho terreno: alquiler de maquinaria,
construcción de muros, tapias, cercas, mano de obra, estudios de suelo y
cualquier servicio profesional requerido, y treinta millones de colones con
cero céntimos (¢30.000.000,00) para la remodelación del parque de Sarchí Norte y para la compra de cámaras de seguridad,
equipo requerido y su instalación.
38. Se autoriza a la Municipalidad de Valverde Vega para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9166, código presupuestario
203 044 60104 001 1310 3110 471, por un monto de veintiséis millones de colones
con cero céntimos (¢26.000.000,00) o el saldo que exista, destinada “Para
otorgar donaciones y ayudas para estudios de suelos, inversión en muros y
reparación de viviendas de los vecinos del cantón en ocasión de emergencia
nacional declarada por Decreto 37305-MP, según el artículo 62 del Código
Municipal, N.° 7794 del 30/04/1998”, a fin de que se utilice para otorgar
donaciones y ayudas para reconstrucción de viviendas de los vecinos del cantón
en ocasión de emergencia nacional declarada por decreto 37305-MP, según el
artículo 62 del Código Municipal y reparaciones menores en caso de emergencias
naturales o persona en pobreza extrema.
39. Se autoriza a la Municipalidad de San Ramón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario
232 901 70104 459 001 2310 3120, por un monto de seiscientos siete mil ciento
cincuenta y un colones con cero céntimos (¢607.151,00) o el saldo que exista,
destinada a “Construcción mercado comunal (Segunda Etapa), Distrito Ángeles”, a
fin de que se utilice para reparación de caminos de la comunidad de San Antonio
de Zapotal de San Ramón, distrito Zapotal.
40. Se autoriza a la Municipalidad de San Ramón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9103, código presupuestario
232 901 60104 589 001 1310 2151, por un monto de un millón ciento noventa y
nueve mil seis colones con cero céntimos (¢1.199.006,00) o el saldo que exista,
destinada a “Reparación y mantenimiento de caminos en la comunidad de Carrera
Buena y Bajo Castillo de Zapotal de San Ramón, Distrito Zapotal”, a fin de que
se utilice para reparación de caminos de la comunidad de San Antonio de Zapotal
de San Ramón, distrito Zapotal.
41. Se autoriza a la Municipalidad de Zarcero para que varíe el destino
de los saldos de las siguientes partidas específicas:
-Ley N.° 8691, código presupuestario 232 901-00 70104 367 280 2310 3310,
por un monto de dos millones cuatrocientos cincuenta y ocho mil novecientos
ochenta y siete colones con cero céntimos (¢2.458.987,00) o el saldo que
exista, destinada “Para la construcción del área de juegos en el Distrito de
Palmira”.
-Ley N.° 8790, código presupuestario 232 901-00 70104 355 280 2310 3310,
por un monto de dos millones setecientos veintinueve mil novecientos setenta y
un colones con cero céntimos (¢2.729.971,00) o el saldo que exista, destinada
“Para colocar malla en la plaza de deportes de Palmira, Distrito Palmira”.
-Ley N.° 8627, código presupuestario 232 901-00 70104 785 280 2310 1350,
por un monto de un millón ochocientos diez mil quinientos setenta colones con
cero céntimos (¢1.810.570,00) o el saldo que exista, destinada “Para la
construcción de un local para la delegación de la fuerza pública, Distrito
Palmira”.
A fin de que de los saldos de dichas partidas se utilicen tres millones
seiscientos un mil sesenta y un colones con ochenta y nueve céntimos
(¢3.601.061,89) en la ampliación del gimnasio de Palmira y dos millones de
colones con cero céntimos (¢2.000.000,00) en la ampliación del alcantarillado
pluvial de Palmira.
42. Se autoriza a la Municipalidad de El Guarco
para que varíe el destino del saldo del proyecto “Construcción Parque de El
Tejar”, aprobado mediante la Ley N.° 8627, título 203, programa 049 (2008),
decreto 34554-H-2008, modificado en La Gaceta 244, del 20-12-2011, código
presupuestario nacional G-O/70104, IP/280, FF/2310, C-E/3120, C-F/445 o bien
70104 280 2310 3120 445, por un monto de cincuenta y siete millones seiscientos
dos mil quinientos treinta y nueve colones con ochenta céntimos
(¢57.602.539,80), a fin de que se utilice para la construcción del boulevar contiguo al parque de El Tejar.
43. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, de 2 de diciembre de 2010,
título 232, programa 902, Gaceta N.° 244, posteriormente decreto N.° 36398-H de
La Gaceta N.° 31, de 14 de febrero de 2011, código presupuestario nacional
70104-313-1- 2310-2151, cuyo destino actual es “Para cementar la alameda número
dos conocida como Fidel Núñez en Santa Eduviges, distrito de Tierra Blanca”,
por un monto de dos millones doscientos ochenta y cuatro mil doscientos sesenta
y siete colones con cero céntimos (¢2.284.267,00), a fin de que se utilice para
la rehabilitación y el mejoramiento de la calle pública Fidel Núñez en Santa
Eduviges del distrito de Tierra Blanca.
44. Se autoriza a la Municipalidad de Cartago para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, de 2 de diciembre de 2010, título
232, programa 902, Gaceta N.° 244, posteriormente decreto N.° 36398-H de La
Gaceta N.° 31, de 14 de febrero de 2011, código presupuestario nacional
70104-304-1- 2310-2151, cuyo destino actual es “Para la construcción de aceras
y cordón de caño en la Lima”, por un monto de un millón novecientos veinte mil
ochocientos dos colones con cero céntimos (¢1.920.802,00), a fin de que se
utilice para la remodelación de vestidores de la cancha de deportes de La Lima.
45. Se autoriza a la Municipalidad de Siquirres
para que varíe el destino de la partida aprobaba mediante la Ley N.° 8627,
código presupuestario 203 049 70104 280 2310 3120 481, por un monto de
doscientos millones de colones con cero céntimos (¢200.000.000,00) o el saldo
que exista, destinada a “Constr. Área recreativa y cultural de uso múltiple.
Proyecto Cantonal, Municipalidad Siquirres...”, a fin
de que se utilice para compra de dos recolectores de basura.
46. Se autoriza a la Municipalidad de Zarcero para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, código presupuestario 232 901
60104 449 1 1310 3310, por un monto de ochocientos cuarenta y nueve mil
setecientos seis colones con cero céntimos (¢849.706,00) o el saldo que exista,
destinado a “Pintura de gimnasio, caserío Zapote, Distrito Zapote”, a fin de
que se utilice para la construcción de la parada de autobuses (materiales de
asfaltado: cemento, piedra y arena) que se ubicará frente al templo de la
comunidad.
47. Se autoriza a la Municipalidad de Flores para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código presupuestario 203 044
70104 280 2310 3120 466, por un monto de cincuenta y cinco millones de colones
con cero céntimos (¢55.000.000,00) o el saldo que exista, destinada a “…const. Parque Eucaliptos en San Joaquín de Flores…”, a fin
de que se utilice para financiar la contratación de estudios hidrogeológicos
puntual y regional, corte de agua mediante la canalización de aguas que
escurren por calle La Rinconada hacia el Río Segundo, construcción de sistema
de retardo (reservorio laguna), canalización de aguas pluviales controlada a la
tubería pluvial en la calle La Morgue, e iniciar con la construcción del parque
Eucaliptos.
48. Se autoriza a la Municipalidad de Sarapiquí para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario 232 903
70104 244 280 2310 2151, por un monto de nueve millones doscientos cincuenta y
un mil ciento veinticinco colones (¢9.251.125) o el saldo que exista, destinada
“Para el levantamiento del camino y puente después del puente Gaspar, Distrito
Llanuras de Gaspar”, a fin de que se utilice para el alquiler de vagonetas para
el lastrado del camino que va de Chimurria a la
comunidad de Gaspar.
49. Se autoriza a la Municipalidad de Sarapiquí para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, código presupuestario
232 903 70104 307 1 2310 2151, por un monto de nueve millones cuatrocientos
cuarenta y dos mil cuatrocientos doce colones con cero céntimos (¢9.442.412,00)
o el saldo que exista, destinada a “Dragado del camino margen San Juan, de
Tambor camino a Remolinito, Distrito Cureña”, a fin de que se utilice para la
construcción del salón comunal de Los Ángeles del Río Sarapiquí, distrito
Cureña.
50. Se autoriza a la Municipalidad de Alvarado para que varíe el destino
de la partida específica código 70104 280 2310 3120 522 del año 2010, destinada
a compra de un lote del Asilo de Ancianos de Pacayas, por un monto de diez
millones de colones con cero céntimos (¢10.000.000,00) y se destine este monto
o el saldo que hubiera a equipamiento (juego de comedor, horno microondas,
refrigerador, mueble para cocina, cocina y percolador), del Asilo de Ancianos
de Pacayas.
51. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida presupuestaria aprobada mediante la Ley N.° 9103, código
presupuestario 232 900 70104 661 001 2310 2151, por un monto de cuatrocientos
cincuenta mil colones con cero céntimos (¢450.000,00) o el saldo que exista,
destinada a “Bacheo cuadrante Luz del Mundo, San Cristóbal, Distrito Barú”, a
fin de que se utilice para cercado del lote del salón comunal de Tinamastes de
Barú.
52. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida presupuestaria aprobada mediante la Ley N.° 9103, código
presupuestario 232 900 70104 624 001 2310 3120, por un monto de un millón
quinientos ochenta y un mil seiscientos cincuenta y tres colones con cero
céntimos (¢1.581.653,00) o el saldo que exista, destinada a “Construcción
cocina comunal anexa a la escuela Mélico Salazar Zúñiga, San Rafael, Distrito
San Isidro de El General”, a fin de que se utilice para la remodelación del
salón comunal de barrio San Andrés, calle Gravilias.
53. Se autoriza a la Municipalidad de Pérez Zeledón para que varíe el
destino de la partida presupuestaria aprobada mediante la Ley N.° 9019, código
presupuestario 232 900 70104 469 001 2310 3120, por un monto de cuatrocientos
cincuenta mil colones con cero céntimos (¢450.000,00) o el saldo que exista,
destinada a “Construcción I Etapa del comedor escolar Quebradas Vueltas,
Distrito San Isidro”, a fin de que se utilice para la compra de sillas y mesas
para el salón comunal de San Lorenzo.
54. Se autoriza al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU)
para que varíe el destino de la partida presupuestaria aprobada mediante la Ley
N.° 8790, código presupuestario 215 814 70106 204 280 2310 3110, por un monto
de cuatrocientos millones de colones con cero céntimos (¢400.000.000,00),
destinada a "Compra de terrenos para dotar de vivienda a familias en
condición de pobreza extrema en el cantón de Alajuelita", a fin de que se
utilice para la estabilización de un talud que permita construir un proyecto de
vivienda en la finca Boschini.
55. Se autoriza a la Municipalidad de Naranjo para que varíe el destino
de la partida aprobada mediante la Ley N° 9103, código presupuestario 232 901
70104 622 001 2310 2151, por un monto de un millón quinientos ochenta mil
cuatrocientos noventa y cuatro colones (¢1.580.494) o el saldo que exista,
destinada a “Barrio El Carmen construcción de aceras, distrito Naranjo”, a fin
de que se utilice para lastreado de calle Chain, ubicado costado norte del estadio de Naranjo.
56. Se autoriza a la Municipalidad de San Ramón para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario
232 901 70104 402 001 2310 2151, por un monto de cuatrocientos cincuenta y
siete mil cuatrocientos setenta y cinco colones (¢457.475) o el saldo que
exista, destinada a “Construcción de rampas de acceso para las aceras de la
ciudadela Francisco J. Orlich, Distrito San Ramón”, a
fin de que se utilice para reparación de toboganes y hamacas del parquecito
infantil, ubicado al costado sur de la biblioteca pública.
57. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, código presupuestario
232 905 70104 430 1 2310 3130, por un monto de ocho millones cien mil colones
(¢8.100.000) o el saldo que exista, destinada a “Compra de motobomba y
repuestos de la misma, para acueducto Santa Lucía, Distrito Chánguena”,
a fin de que se utilice para la compra de medidores e implementos para el
acueducto Santa Lucía, distrito Chánguena.
58. Se autoriza a la Municipalidad de Buenos Aires para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8908, código presupuestario
232 905 70104 431 1 2310 1310, por un monto de dos millones doscientos ochenta
y siete mil quinientos treinta y nueve colones (¢2.287.539) o el saldo que
exista, destinada a “Compra de motocicleta y repuestos para la misma, para el
servicio de la guardiade asistencia rural, Distrito Chánguena”, a fin de que se utilice para la construcción de
cocina y obras varias dentro del salón comunal de Chánguena.
59. Se autoriza a la Municipalidad de Desamparados para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario
232 900 70104 226 280 2310 3410, por un monto de dos millones novecientos
veinticuatro mil doscientos cuarenta colones (¢2.924.240) o el saldo que
exista, destinada a “Reconstrucción y remodelación del CEN-CINAI Maiquetía,
Distrito San Rafael Arriba”, a fin de que se utilice de la siguiente manera:
-Un millón de colones (¢1.000.000) para compra de línea blanca del Cen-Cinai del barrio Maiquetía, distrito San Rafael Arriba
-Un millón de colones (¢1.000.000) para compra de mobiliario del Cen-Cinai del barrio Maiquetía, distrito San Rafael Arriba
-Novecientos veinticuatro mil doscientos cuarenta colones (¢924.240)
para mejoras en la infraestructura de las instalaciones del Cen-Cinai
del barrio Maiquetía, distrito San Rafael Arriba
60. Se autoriza a la Municipalidad de Desamparados para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9019, código presupuestario
232 900 70104 320 001 2310 2151, por un monto de seiscientos noventa y dos mil
setecientos sesenta y seis colones (¢692.766) o el saldo que exista, destinada
a “Construcción de una rampa de acceso al Jardín de Niños Sotero González Barquero,
Distrito San Juan de Dios”, a fin de que se utilice para la construcción de una
nueva aula en el centro educativo Jardín de Niños Sotero González Barquero,
distrito San Juan de Dios.
61. Se autoriza a la Municipalidad de Desamparados para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8627, código presupuestario
203 049-00 70104 001 2310 3120 268, por un monto de cinco millones de colones
(¢5.000.000) o el saldo que exista, destinada a “Iluminación y enzacatado plaza
de deporte El Empalme”, a fin de que se utilice para asfaltado y mejoras en el
cuadrante del área comunal de El Empalme.
62. Se autoriza a la Municipalidad de Turrubares
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8841,
artículo 4, inciso a), por un monto de quince millones trescientos treinta y
seis mil sesenta y un colones (¢15.336.061) o el saldo que exista, destinada a
“Compra terreno p/la const. de vivienda a familias de
escasos recursos. Distrito San Pedro”, a fin de que se utilice para iluminación
y mejoras de la plaza de deportes de San Pedro, distrito San Pedro.
63. Se autoriza a la Municipalidad de Turrubares
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8050,
código presupuestario 130 900 730 707 1 242 25, por un monto de seis millones
de colones (¢6.000.000) o el saldo que exista, destinada a “Compra de terreno
para construcción de vivienda San Pedro, Distrito San Pedro”, a fin de que se
utilice para proyecto de iluminación y mejoras de la plaza de deportes de San Pedro,
distrito San Pedro.
64. Se autoriza a la Municipalidad de Turrubares
para que varíe el destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790,
código presupuestario 232 900 70104 369 280 2310 3160, por un monto de tres
millones quinientos diecinueve mil seiscientos diecinueve colones (¢3.519.619)
o el saldo que exista, destinada “Para la compra de terreno para el proyecto de
vivienda. Distrito San Pedro”, a fin de que se utilice para proyecto de
iluminación y mejoras de la plaza de deportes de San Pedro, distrito San Pedro.
65. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8691, código presupuestario
232 904 70104 260 280 2310 3310, por un monto de cinco millones de colones
(¢5.000.000) o el saldo que exista, destinada “Para la construcción de muro de
contención, gaviones y malla en la nueva plaza de deportes de Campo de Oro,
Distrito Sierra”, a fin de que se utilice para la construcción de cocina.
66. Se autoriza a la Municipalidad de Abangares para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 8790, código presupuestario
232 904 70104 267 280 2310 3310, por un monto de cuatro millones quinientos mil
colones (¢4.500.000) o el saldo que exista, destinada "Para colocar malla
en la plaza de futbol en la comunidad El Dos, Distrito Sierra", a fin de
que se utilice para la compra de materiales para remodelación del salón comunal
El Dos.
67. Se autoriza a la Municipalidad de Turrubares
para que varíe el destino de las siguientes partidas específicas:
-Ley N.° 8691, código presupuestario 232 900 70104 389 280 2310 3120,
por un monto de un millón trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos setenta
y tres colones(¢1.359.873) o el saldo que exista, destinada "Para la
construcción de tres locales comerciales en Bijagual,
Distrito Carara",
-Ley N.° 8908, código presupuestario 232 900 70104 483 1 2310 2151, por
un monto de tres millones catorce mil doscientos sesenta colones (¢3.014.260) o
el saldo que exista, destinada "Para Proyecto rural BUS, Distrito Carara".
-Ley N.° 8562, código presupuestario 232 900 70104 411 280 2310 3120,
por un monto de cuatro millones ochocientos ocho mil cuarenta y tres colones
(¢4.808.043) o el saldo que exista, destinada "Para la construcción del
salón de sesiones en la comunidad de Bijagual de Turrubares en el Distrito Carara".
A fin de que dicho monto sea transferido a la Asociación de Desarrollo
Integral de Bijagual de Turrubares,
distrito Carara, cédula jurídica número tres-cero
cero doscero seis seis cero
cero uno (N.° 3-002-066001), para que dicha
Asociación cancele deudas contraídas con el Banco Nacional de Costa Rica, por
la construcción del redondel comunal de toros y, en caso de sobrante,
invertirlos en dicha infraestructura comunal.
68. Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario
232 901 60104 275 1 1310 3410, por un monto de siete millones ciento cincuenta
y tres mil quinientos ochenta y un colones (¢7.153.581) o el saldo que exista,
destinada a "Mejoras escuela La Gloria de Aguas Zarcas, Distrito Aguas
Zarcas", a fin de que se utilice para mejoras a Escuela San José de Aguas
Zarcas, distrito Aguas Zarcas.
69. Se autoriza a la Municipalidad de San Carlos para que varíe el
destino de la partida aprobada mediante la Ley N.° 9193, código presupuestario
232 901 70104 279 280 2310 2151, por un monto de tres millones ciento setenta y
nueve mil seiscientos cincuenta y tres colones (¢3.179.653) o el saldo que
exista, destinada a "Construcción de acera peatonal en camino 2-10-829,
San José, Distrito La Tigra", a fin de que se utilice para la construcción
de la acera peatonal en el camino 2-10-830, San José, distrito La Tigra.
Dado en la Presidencia de la república.-San
José, a los quince días del mes de junio del año dos mil quince.