Artículo 10.—Las imágenes producidas en el
proceso de digitalización son una representación fidedigna del documento en
soporte papel, que debe cumplir con los siguientes elementos:
La imagen obtenida debe respetar las
características del original tanto en tamaño como proporción. Para documentos
de formatos no tradicionales se podrán aplicar procesos de reducción de imagen.
No contendrá caracteres, gráficos o
adicciones que no figuren en el documento de origen.
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