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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 14/01/2015 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 1
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DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

(Esta norma fue derogada por el artículo 12 del Reglamento sobre el archivo de referencias y copias de instrumentos públicos en la actividad notarial, aprobado mediante sesión N° 6 del 10 de abril del 2024)

ACUERDO 2015-003-003. En sesión ordinaria celebrada el 14 de enero de 2015: Acuerdo 2015-003-003: "(...b. Poner en ejecución el Reglamento de Archivo de Referencia Digital (...)

LINEAMIENTOS CON LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OBLIGATORIO PARA TODOS LOS NOTARIOS QUE OPTEN POR LLEVAR SUS ARCHIVOS DE REFERENCIA EN SOPORTE DIGITAL.

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º-Objetivo: Precisar los requisitos que deben cumplir los notarios públicos que deseen conformar archivos de referencia e instrumentos públicos en formato digital, para su organización y conservación.

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