Artículo
2º—Créase el “Sistema Integrado de Compras Públicas” (en adelante SICOP), como
plataforma tecnológica de uso obligatorio de toda la Administración Central,
para la tramitación de los procedimientos de contratación administrativa y para
los actos y contratos que de ellos se deriven. Las demás instituciones del Sector Público que deseen
implementarlo, podrán utilizar este sistema como plataforma tecnológica de base
para apoyar sus procesos de compras.
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