N° 38692-H
(Este
decreto ejecutivo fue derogado por el artículo 3° del decreto ejecutivo N°
39222 del 14 de setiembre de 2015, "Actualización de tramos de renta para el impuesto al salario período fiscal 2016")
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que le confieren
los artículos 140, incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, los
artículos 25 inciso l), 27 inciso l) y 28 inciso 2) acápite b) de la Ley Nº
6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978; en la Ley
de Simplificación y Eficiencia Tributarias, Nº 8114 del 4 de julio del 2001, y
en los artículos 34 y 64 inciso b) de la Ley Nº 7092 de 21 de abril de 1988 y
sus reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta.
Considerando:
1º—Que los artículos 34 y 64 inciso b) de la Ley Nº
7092 publicada en La Gaceta Nº 96 del 19 de mayo de 1988 y sus reformas,
obligan al Poder Ejecutivo a modificar en cada período fiscal, los créditos y
los tramos del impuesto a que se refiere el Título II de la citada ley, de
conformidad con los cambios experimentados en el Índice de Precios al
Consumidor, que determine el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
2º—Que
la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias Nº 8114, publicada en el
Alcance Nº 53 a La Gaceta Nº 131 del 9 de julio de 2001, en sus
artículos 19 y 21 establece nuevos montos por concepto de créditos fiscales,
que tienen que ser actualizados en cada período fiscal con base en las
variaciones del índice de precios al consumidor.
3º—Que
mediante Decreto Ejecutivo Nº 37960-H de 9 de setiembre de 2013, publicado en La
Gaceta Nº 206 del 25 de octubre de 2013, se actualizaron los créditos y
tramos del impuesto a que se refiere el Título II de la citada Ley Nº 7092.
4º—Que
según datos del INEC, la serie cronológica del “Índice de Precios al
Consumidor”, experimentó una variación anualizada entre agosto del 2013 y
agosto del 2014 de un 5,49% que se considera apropiada para indexar los montos
de los tramos y créditos fiscales para el período fiscal 2015, dado que no se
dispone de la variación del mes de setiembre del 2014.
5º—Que
para facilitar la adecuada gestión y administración del impuesto, es
conveniente redondear los montos de los tramos de las rentas que se obtengan con
la aplicación del citado índice, y de los créditos fiscales según el artículo
34 de la Ley N° 7092.
6º—Que
por razones de urgencia e interés público, se omite la publicación del proyecto
de este decreto en La Gaceta conforme lo dispone el artículo 174 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, ya que la normativa que regula
los montos de los tramos y créditos fiscales, a que se refiere el considerando
1° del presente decreto, deben actualizarse a partir del 1° de octubre del
2014. Por tanto,
Decretan:
ACTUALIZACIÓN DE TRAMOS DE RENTA PARA EL
IMPUESTO AL SALARIO, PERIODO FISCAL 2015
Artículo 1º—Modifícase los tramos de las rentas
establecidas en los apartes a), b) y c) del artículo 33 de la Ley del Impuesto
sobre la Renta Nº 7092 de 21 de abril de 1988 y sus reformas, actualizados
mediante Decreto Ejecutivo Nº 37960-H de 9 de setiembre de 2013, publicado en La
Gaceta Nº 206 del 25 de octubre de 2013, de la siguiente forma:
a) Las
rentas de hasta ¢793.000.00 mensuales no estarán sujetas al impuesto.
b)
Sobre el exceso de ¢793.000.00 mensuales y hasta ¢1.190.000.00 mensuales, se
pagará el diez por ciento (10%).
c)
Sobre el exceso de ¢1.190.000.00 mensuales se pagará el quince por ciento
(15%).