Artículo
2º—Para los efectos correspondientes, se tienen comprendidas dentro de la
presente declaratoria de emergencia las tres fases que establece la Ley
Nacional de Atención de Emergencias y Prevención del Riesgo, a saber:
a) Fase de Respuesta.
b) Fase de Rehabilitación.
c) Fase de Reconstrucción.
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