Artículo 13.—Plazo para resolver. La
Administración Tributaria Municipal bajo la jerarquía de la Dirección
Financiera de la Municipalidad de Belén, será la responsable de resolver las
solicitudes de Licencia que se presenten. La Unidad Tributaria deberá emitir el
acto administrativo, debidamente motivado otorgando o denegando la licencia
dentro de los 30 días naturales a partir de la presentación.
(Así reformado en sesión N° 34 del 9 de
junio de 2015)
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