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 Normativa >> Reglamento municipal 12 >> Fecha 25/02/2014 >> Articulo 13
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Normativa - Reglamento municipal 12 - Articulo 13
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Artículo 13
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Artículo 13.—Plazo para resolver. La Administración Tributaria Municipal bajo la jerarquía de la Dirección Financiera de la Municipalidad de Belén, será la responsable de resolver las solicitudes de Licencia que se presenten. La Unidad Tributaria deberá emitir el acto administrativo, debidamente motivado otorgando o denegando la licencia dentro de los 30 días naturales a partir de la presentación.

(Así reformado en sesión N° 34 del 9 de junio de 2015)

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