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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 38295 >> Fecha 15/01/2014 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 38295 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Con el fin de promover la difusión de los atractivos inmersos dentro de las áreas silvestres protegidas, mayor disfrute de la población y el acceso equitativo a los recursos naturales que son de todos los residentes, se autoriza al Sistema Nacional de Áreas de Conservación para que todos los segundos miércoles de cada mes se permita el acceso gratuito a los residentes, a las Áreas Silvestres Protegidas bajo su administración.

 

 


 

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