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 Normativa >> Reglamento 1062 >> Fecha 27/02/2014 >> Articulo 3
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Normativa - Reglamento 1062 - Articulo 3
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Artículo 3
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CAPÍTULO II 

De los vehículos 

Artículo 3º—Emblema. Todos los vehículos, deberán tener impreso en ambos costados, de forma visible y accesible, el emblema de la Institución y la leyenda “uso oficial”.

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