CAPÍTULO III
De la solicitud y los requisitos
Artículo 11.—Solicitud
de licencia permanente. Quien desee obtener una licencia deberá presentar
formulario diseñado al efecto por la Municipalidad, debidamente firmada. Dicha solicitud
deberá estar acompañada al menos con lo siguiente:
a) Indicación expresa de la actividad que desea desarrollar, con
indicación expresa de la clase de licencia que solicita.
b) El (los) nombre (s)
comercial (es) con el (los) que operará la actividad a desarrollar con la
licencia.
c) Dirección
de la ubicación exacta del lugar en que se desarrollará la actividad y del tipo
de inmueble que será usado.
d) Copia de la cédula de
identidad del solicitante. En el caso de personas jurídicas, una certificación
que acredite la existencia y vigencia de la sociedad, los poderes de
representación del firmante, y la composición de su capital social.
e) Copia del permiso
sanitario de funcionamiento emitido por el Ministerio de Salud Pública, para la
actividad en particular.
f) Certificación de la
Póliza de Riegos de Trabajo o en su efecto, copia de la exoneración
correspondiente.
g) Certificación que
acredite la titularidad del inmueble en el cual se desarrollará la actividad, y
en caso de pertenecer a un tercero, copia del contrato o título que permite al
solicitante operar el establecimiento en dicho inmueble.
h) Declaración rendida
bajo la fe y gravedad del juramento, en la que manifieste conocer las
prohibiciones establecidas en el artículo 9 de la Ley, y que se compromete a
respetar estas y cualquier otra de las disposiciones de la Ley.
i) Constancia de que se
encuentra al día en sus obligaciones con la Caja Costarricense del Seguro
Social y de estar al día en sus obligaciones con Asignaciones Familiares. El
solicitante estará exento de aportar los documentos aquí mencionados cuando la
información esté disponible de forma remota por parte de la Municipalidad.
j) Señalar un medio
tecnológico para atender notificaciones de conformidad con las disposiciones
que establece la ley especial en dicha materia.
k) En casos que se
solicite una licencia clase C, presentar declaración jurada debidamente
autenticada por un notario público, en el cual se exprese el cumplimiento de la
existencia de una cocina debidamente equipada, además de mesas, vajilla y
cubertería, y que el menú de comidas cuenta con al menos diez opciones
alimenticias disponibles para el público, durante todo el horario de apertura
del negocio.
l)
En el caso de licencias nuevas Clases D1 y D2, el administrado deberá presentar
una Declaración Jurada autenticada, en la cual se determine el monto del
inventario inicial existente en todas las mercaderías del negocio y el margen
de utilidad utilizado en la venta de todos los productos. Este aplicará solo
para los casos de negocios nuevos.
En los casos de que el administrado tenga la licencia de abarrotes y
posteriormente tramite la licencia de expendio de bebidas con contenidos alcohólico,
este requisito quedará cubierto con la última Declaración de Ingresos
presentada durante el periodo en que se encuentre en estudio la solicitud.
(Así reformado el inciso anterior en sesión N° 053 del 2
de mayo de 2017)
m) En caso que se solicite una licencia clase E, copia
certificada de la declaratoria turística vigente, emitida por el Instituto
Costarricense de Turismo.